Se avalan los Presupuestos de la Generalitat ‘no vulneran el Estatut’

El Consell de Garanties Estatutàries (CGE) ha avalado los Presupuestos de la Generalitat de 2020, ya que considera que no vulneran la Constitución ni el Estatut, según un dictamen publicado este miércoles y recogido por Europa Press, con el que da luz verde a la Cámara catalana para votar el proyecto de las cuentas y aprobarlas.

Cs presentó el 18 de marzo una petición de dictamen al CGE argumentando que, ante el impacto del coronavirus, el proyecto pactado entre el Govern y los comuns no cumpliría las previsiones económicas y que esto suponía un incumplimiento de la Constitución y el Estatut, lo que ha retrasado la aprobación de los Presupuestos y el anuncio de la fecha de las elecciones catalanas.

El presidente del Govern, Quim Torra, anunció a finales de enero que pondría fecha a unas elecciones catalanas tras aprobarse los Presupuestos: estaba previstos votarlos en marzo pero se aplazó por el coronavirus, y después Cs las llevó al CGE, que no ha agotado el mes de plazo que tenía para pronunciarse y que todavía debe hacerlo sobre la ley de acompañamiento.

Tras declararse la pandemia y la crisis por el coronavirus, el Govern y los comuns mantuvieron su apuesta de aprobar los Presupuestos tramitados para después modificarlos para adaptarlos a las nuevas necesidades, ya que aseguran que representan un incremento del gasto de 3.070 millones respecto a los anteriores aprobados.

El CGE concluye en el dictamen que, aunque las cuentas empezadas a tramitar en el Parlament partan de un «escenario de consolidación económica y no prevean, porque era imposible de prever, la emergencia de la crisis ocasionada» por el coronavirus, éstas no son irracionales, como planteaba Cs.

El dictamen señala que la previsión del escenario económico que hace Cs a raíz de la pandemia «no es trascendente al efecto de su presente evaluación en clave jurídico-constitucional» ni es un motivo para tachar de inconstitucionales estos Presupuestos, que son una norma que cuenta con una naturaleza flexible, destaca.

Estos mecanismos de flexibilidad facilitan la «elasticidad» de los Presupuestos para mejorar su eficiencia y adaptarlos a circunstancias excepcionales, por lo que es admisible aprobar cambios en el contenido de los créditos inicialmente aprobados en la ley de Presupuestos por razones económicas y de interés general, asegura.

Considera válido usar decretos ley para complementar estos Presupuestos, y concluye que las cuentas son respetuosas en su vertiente jurídico-constitucional con el principio de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad y que se somete formalmente al marco normativo europeo y estatal.

CUENTAS DEL PARLAMENT

El CGE también rechaza uno de los argumentos de Cs: que los Presupuestos del Parlament –que forman parte de los Presupuestos de la Generalitat– se habían aprobado una vez ya tramitadas las cuentas del Govern, lo que para el partido naranja supone una vulneración de su derecho a participación política.

Sin embargo, el órgano estatutario defiende que esto no ha ocurrido porque los grupos parlamentarios han podido participar en todos los procedimientos correspondientes a estos dos presupuestos y, aunque cree que habría sido mejor aprobar los Presupuestos del Parlament antes, «esto no ha constituido un vicio procedimental suficientemente importante que haya podido conllevar la inconstitucionalidad formal del procedimiento legislativo».

SALARIO MÍNIMO DE REFERENCIA DE 1.239 EUROS CON 14 PAGAS

Sobre la disposición relativa al salario mínimo de referencia, que un informe de la Conselleria de Economía situó en 1.239,5 euros mensuales a jornada completa y con 14 pagas anuales, el CGE constata que el acuerdo del Govern declara «que no se trata de la adopción de un salario mínimo profesional fijado por ley, ya que el marco competencial en materia de legislación laboral no permite una actuación de este tipo».

También asegura que incluir cláusulas sociales en la contratación pública «no sólo no es contrario al derecho comunitario en materia de contratación pública, sino que tampoco lo es a las libertades económicas fundamentales del mercado europeo».

Así, el informe concluye que el salario mínimo no tiene naturaleza presupuestaria, con lo que no implica una autorización de gasto, y que se reconoce la «competencia exclusiva estatal» a la hora de fijar el salario mínimo interprofesional, limitando la posible iniciativa de la Generalitat a las competencias que le son propias.