El juez estima parcialmente el recurso de Seguridad contra la orden de dotar de material preventivo a la Ertzaintza

El Juzgado de lo Social número 1 de Vitoria-Gasteiz ha estimado parcialmente el recurso del Gobierno Vasco contra una resolución anterior que le instaba a dotar a los agentes de la Ertzaintza, en un plazo de 24 horas, de equipos de protección frente al coronavirus, un plazo temporal que ahora, ante la escasez de materiales de este tipo, el juez ha sustituido por un emplazamiento más genérico, instando a que estos dispositivos sean proporcionados «en el menor tiempo posible y siempre que sea posible», según ha asegurado el Ejecutivo autonómico.

El Gobierno Vasco, a través de un comunicado, se ha felicitado por esta «rectificación» de un auto anterior en el que se establecían medidas cautelares que obligaban al Departamento de Seguridad a dotar, con carácter de urgencia en 24 horas, de equipos de protección personal a la plantilla de la Ertzaintza.

El auto emitido ahora por el Juzgado de lo Social número 1 de Vitoria estima parcialmente el recurso de reposición presentado por el Gobierno Vasco frente a dicha decisión inicial, adoptada el pasado 30 de marzo el Juzgado de lo Social número 3 de la capital alavesa.

En aquella ocasión, el Juzgado de los Social número 3 ordenó como medida cautelar, solicitada por el sindicato EUSPEL, que en el plazo de 24 horas y con carácter urgente se dotase a los agentes de la Ertzaintza de determinados equipos de protección personal frente al riesgo de contagio por coronavirus.

Dicha medida fue adoptada «antes de conocer el juez las medidas de protección que se habían adoptado por el Departamento de Seguridad», según ha afirmado el Ejecutivo autonómico. En el recurso de reposición presentado contra dichas medidas cautelares, se informaba al juzgado «de la realidad de las medidas adoptadas», de los equipos de protección individual suministrados, de los operativos de limpieza previstos y del «esfuerzo» que para ello se estaba realizando con las restricciones del mercado existentes.

REQUERIMIENTO «ILUSORIO»

El Ejecutivo autonómico ha destacado que el juez haya «reconsiderado» el anterior pronunciamiento sobre este asunto, ya que el deber de protección preventiva empresarial «está condicionado a lo que es razonable y factible, pues a nadie se nos escapa que si no existen medios y el empleador ha destilado un esfuerzo aceptable por obtenerlos sería ilusorio (y de imposible materialización) la exigencia jurídica de que lo haga con carácter inmediato o urgentísimo».

En este caso, según ha indicado el Gobierno, se pone de manifiesto «las notorias circunstancias del mercado existentes sobre la escasez de material y su paulatina e insuficiente llegada», así como «la voraz especulación» e incluso los «comportamientos desleales entre estados soberanos», que hacen «aún más dificultosa la provisión» de estos materiales.

Por ello -según ha destacado el Ejecutivo– el juez entiende que «no resulta razonable o proporcionado establecer un plazo perentorio ante una situación de escasez semejante», por lo que en lugar de ello insta al Gobierno Vasco a disponer de las medidas de protección «en el menor tiempo posible y siempre que sea posible», tal y como proponía la Administración autonómica.

Por el contrario, a la vista de la información presentada por el Departamento de Seguridad con el recurso de reposición, el juzgado pondera la «diligencia» de dicho Departamento en las instrucciones y directrices encaminadas a la protección de los agentes de la Ertzaintza, según ha afirmado el Gobierno Vasco, que ha añadido que el juez también tiene en cuenta que «se hayan establecido labores y turnos de limpieza para garantizar la desinfección».

Además, tal y como se subraya desde el Ejecutivo, en este auto se destaca «la entrega de material de protección, además de la preparación de otro lote para su inmediata puesta a disposición y la previsión de otro suministro».

Desde el Gobierno autonómico se ha recordado que esta resolución se añade a los tres autos dictados, este pasado miércoles, por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, que rechazan con argumentos similares, ordenar cautelarmente al Ministerio del Interior la entrega inmediata de equipos de protección individual y test de detección de la enfermedad.