Vallejo también formaliza su recurso al TS contra la sentencia de los ERE

El exconsejero de Innovación, Ciencia y Empresa Francisco Vallejo (PSOE) ha formalizado su recurso de casación con destino al Tribunal Supremo (TS), contra la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla que le condena a siete años y un día de cárcel por un delito continuado de malversación y 18 años y un día de inhabilitación absoluta por delito continuado de prevaricación, a cuenta del procedimiento específico a través del cual eran canalizadas las subvenciones autonómicas con las que fueron financiados los expedientes de regulación de empleo (ERE) presuntamente fraudulentos y ayudas directas y supuestamente arbitrarias a empresas.

En un comunicado, el exconsejero informa de que dicho recurso cuenta con 285 páginas y «pivota sobre dos ejes fundamentales, como son la infracción de preceptos constitucionales y la infracción de leyes», desplegando once motivos tras los cuales se solicita la absolución de Vallejo, que por su cargo ostentaba la presidencia del antiguo Instituto de Fomento de Andalucía (IFA).

En el recurso de casación se califica la sentencia condenatoria de «arbitraria, injusta y contradictoria» porque «ante una evidente ausencia de prueba directa alguna, se sustenta en razonamientos inductivos carentes de racionalidad y lógica», avisando de que «la patente falta de pruebas en contra Vallejo es suplida con una serie de presunciones arbitrarias e infundadas».

A tal efecto, el recurso señala la «arbitraria extensión a Vallejo de hechos en los que no tenía competencias ni tuvo participación alguna porque cuando se produjeron, la Consejería de Innovación Ciencia y empresa ni tan siquiera existía», criticando una «clamorosa falta de valoración de la prueba aportada» por el exconsejero en la vista oral, donde a su juicio quedó de relieve que «Vallejo ni recibió ni conoció los informes de la Intervención General de la Junta de Andalucía que calificaban de inadecuadas las transferencias de financiación y que denunciaban deficiencias en los expedientes de concesión de ayudas tramitados por la Consejería de Empleo».

«A pesar de las pruebas aportadas demostrando que nunca recibió tales informes ni conoció su contenido, la sentencia establece una presunción contra reo, suponiendo que sí los conoció porque a juicio (del tribunal), las reglas de la experiencia y la lógica hacen presumir que alguien debió decirle algo», fruto «del completo desconocimiento de la labor eminentemente política del responsable de una Consejería como la de Innovación, Ciencia y Empresa», sostiene el recurso de casación.

EL AVAL JURÍDICO

El recurso señala que ha quedado probado que todas las decisiones en las que participó Vallejo en el consejo rector del IFA «habían sido analizadas jurídicamente por los servicios jurídicos y contaban con el voto favorable del jefe del gabinete jurídico de la Junta de Andalucía», defendiendo que el exconsejero «jamás fue advertido de ilegalidad alguna» por el secretario general del consejo rector.

«Ninguno de estos cualificados profesionales advirtió de que se pudiera estar produciendo tramitación ilegal alguna», alega Vallejo, avisando de que el tribunal «obvia la consideración de tal análisis y los testimonios unánimes de los asesores, que conocieron los hechos de primera mano, acudiendo al cómodo expediente de considerar que tales profesionales del derecho no eran especialistas en derecho administrativo».

Por lo que se refiere a las decisiones del consejo de gobierno de la Junta, del que Vallejo participaba como consejero, señala el recurso que tales decisiones, «de carácter eminentemente político, llevaban el aval jurídico de la Dirección General de Presupuestos y del Consejo Consultivo de Andalucía en el caso de los Presupuestos; y de la propia Intervención General de la Junta de Andalucía en el caso de las modificaciones presupuestarias, que siempre fueron aprobadas con informe favorable del interventor general de la Junta».

Asimismo, argumenta el recurso que la Intervención General de la Junta de Andalucía, más en concreto, el interventor delegado de Control Financiero Permanente en el IFA, «nunca recomendó» al ex consejero «ni dejar de suscribir convenios con la Consejería de Empleo, ni dejar de pagar las órdenes de pago recibidas» con relación a dicho departamento.

SÓLO A LA CONSEJERÍA DE EMPLEO

Y es que dicho interventor, «siempre consideró que la inadecuación en la tramitación presupuestaria de las partidas referidas a tales ayudas y las deficiencias en los expedientes de concesión detectadas en el ejercicio 2003 afectaban única y exclusivamente a la Consejería de Empleo».

«Desde dos años antes de que el IFA se adscribiera a la Consejería de Innovación y pasase a ser de su responsabilidad», según el recurso de casación, las leyes de presupuestos «ya establecían las transferencias de financiación como instrumento presupuestario utilizado por la Consejería de Empleo para que el IFA cumpliera el encargo encomendado: tramitar las órdenes de pago encomendadas por convenio con la Consejería de Empleo relativas a las ayudas que concedía» la misma.

Además, el recurso de casación ve «contradicciones» en la sentencia condenatoria, «ya que para acusar a Vallejo tacha de ilegales tales acuerdos encargando al IFA y el pago material de las ayudas concedidas, acusando al ex consejero Vallejo de no haber hecho nada para evitar las supuestas ilegalidades; pero al mismo tiempo, para justificar la no emisión del informe de actuación por la Intervención General de la Junta de Andalucía, señala que ésta no debía hacerlo porque las irregularidades detectadas no ocurrían en el IFA, sino en la Consejería de Empleo, no pudiendo el exconsejero Vallejo Serrano hacer nada para corregirlas».

«La sentencia se aparta de los hechos probados y las declaraciones del propio interventor delegado del IFA e incluso del interventor general de la Junta de Andalucía», asevera la defensa de Vallejo, reclamando la absolución del exconsejero.