Madrid permitirá reanudar deportes de contacto en polideportivos

La Comunidad de Madrid permitirá reanudar para usuarios de instalaciones deportivas, al aire libre o interior, la práctica de deportes de contacto y combate siempre con uso obligatorio de mascarilla, salvo en los casos habilitados que pautan la excepción de su utilización.

Además, se estipula que la práctica de estas disciplinas se limitarán a grupos de 20 personas en los casos de entrenamiento y a 25 cuando se trate de partidos o eventos de competición.

Así lo estipula una resolución de la Consejería de Sanidad, fechada el 7 de agosto, que modifica las medidas preventivas ante el Covid-19 fijadas para la nueva normalidad para el caso de las actividades deportivas, donde se habilita ya los deportes de contacto físico o combate.

Anteriormente se permitía la práctica deportiva, individual y colectiva, para deportes que no entrañaran contacto físico entre los participantes y en un máximo de 25 personas de forma simultánea.

Este punto referido a las medidas adicionales de higiene e instalaciones deportivas al aire libre también se suprime el apartado octavo para pautaba la práctica deportiva que desarrolla cada centro siempre que fuera «sin contacto físico, manteniendo las debidas medidas de seguridad y protección, y, en todo caso, la distancia social de seguridad de 1,5 metros».

Esta referencia ya no se recoge en la resolución suscrita por el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, y publicada este martes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), que entrará en vigor a partir de este miércoles.

También se cambia el apartado de medidas y condiciones para instalaciones deportivas de interior donde se aporta una nueva redacción que elimina también la referencia a deporte sin contacto físico.

Ahora, se introduce una referencia genérica a la actividad deportiva de interior de forma individual o grupos de interior de hasta 25 personas siempre que no se supere el aforo del 65 por ciento máximo permitido.

A ello se añade que el uso de mascarilla será obligatorio ante cualquier actividad física en interior salvo ejercicios de «alta intensidad sin contacto físico», en donde se realiza actividad limitada con mamparas individuales o donde haya una distancia de seguridad de, al menos, tres metros respecto a otros usuarios.