Se restringe durante siete días la movilidad en Alfaro (La Rioja)

En convocatoria extraordinaria celebrada a primera hora de la tarde, el Consejo de Gobierno se ha reunido por videoconferencia para aprobar medidas específicas de prevención sanitaria en Alfaro ante la evolución del COVID-19 en la localidad en las últimas semanas. Ante ello, se ha restringido durante siete días la movilidad en Alfaro para interrumpir la transmisión del coronavirus.

Con 264 casos activos, el municipio concentra aproximadamente un 27,5 por ciento del total de casos activos de COVID-19 que hay actualmente en La Rioja, tras haberse detectado 233 nuevos positivos en la Campaña de Cribado Perimetral realizada la semana pasada en la localidad.

La principal medida acordada hace referencia a la restricción de movimientos de entrada y salida de personas de Alfaro, salvo en los desplazamientos debidamente justificados, como causas laborales o profesionales, cuidado de personas vulnerables, asistencia a centros sanitarios o de enseñanza obligatoria u otros motivos de fuerza mayor, además del retorno al lugar de residencia habitual.

Asimismo, y teniendo en cuenta el riesgo de contagio de la enfermedad en las actividades en las que coinciden agrupaciones de personas, se establecen las siguientes medidas en el municipio:

Se suspenden todas las actividades en los establecimientos de hostelería y restauración, excepto aquéllas de alojamiento, preparación y distribución de comida a domicilio y de servicio en terrazas.

El cierre de las zonas comunes de los alojamientos.

Se suspende todas las actividades deportivas colectivas.

Se suspenden todas las actividades en centros y establecimientos deportivos, culturales, artísticos, recreativos, de espectáculos y ocio que concurran en espacios cerrados.

Se suspenden las actividades en las academias que imparten enseñanza no reglada.

También se restringe a un máximo de 10 personas el número de asistentes en bodas, bautizos, comuniones, velatorios, funerales, entierros y celebraciones religiosas.

Además, se recomienda a los vecinos de la localidad limitar sus contactos sociales al mínimo imprescindible.

Está previsto que estas medidas entren en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja del 8 de septiembre, y estén vigentes durante los próximos siete días. El Acuerdo de Gobierno también contempla su prórroga si la situación epidemiológica en la localidad no mejora.

Para la consejera de Salud y portavoz del Gobierno, Sara Alba, «ante la situación excepcional y preocupante que se vive en Alfaro, ha sido imprescindible actuar de manera localizada. Es una medida imprescindible para responder contundentemente al avance del coronavirus en toda la comunidad en las últimas semanas. Ahora está sucediendo en Alfaro, pero es una situación que puede reproducirse en otras localidades. Si no nos anticipamos y atajamos con determinación estas situaciones concretas en cualquier localidad en la que puedan llegar a producirse, está en peligro la reconstrucción de toda la comunidad y eso es algo que los riojanos no nos podemos permitir».

FACILITAR LA IMPLANTACIÓN DE LAS MEDIDAS SANITARIAS

En esta reunión extraordinaria del Consejo de Gobierno, también se ha acordado ampliar algunas de las medidas aprobadas el pasado 1 de septiembre para facilitar su implantación en determinados sectores de actividad y armonizar la recuperación de la actividad económica, el bienestar social y la imprescindible prevención sanitaria.

Principalmente, estas modificaciones hacen referencia al número máximo de asistentes y aforos permitidos en algunas actividades concretas, siempre que se garantice la distancia interpersonal de 1,5 metros, las medidas de higienes, la ventilación adecuada y el uso de la mascarilla.

Estas son sus principales modificaciones:

No habrá un número máximo de personas que puedan concurrir en espacios abiertos o cerrados destinados a hostelería y en cualquier otro establecimiento que ofrezca servicios de restauración. Además, los baños y aseos de estos locales deberán ser limpiados y desinfectados al menos cuatro veces al día.

Tampoco habrá número máximo de asistentes en las celebraciones tras las ceremonias religiosas o civiles, siempre que no se supere el aforo máximo del 50% establecido el 1 de septiembre.

Para homogeneizar sus medidas de prevención sanitaria con las implantadas en los centros de formación reglada, se eliminan las limitaciones de aforo en las actividades presenciales de academias, autoescuelas y otros centros de formación.

Se eliminan también las restricciones del número de asistentes en los locales de juegos y apuestas y en los congresos, encuentros o reuniones de negocio, manteniendo sus respectivos aforos máximos en el 50% y 75%, respectivamente.

Por otra parte, se amplía al 50 por ciento el aforo máximo en los lugares de culto y en los velatorios y entierros que se realizan en espacios cerrados.

También se incrementa a un máximo de 30 personas el número máximo de las personas que pueden realizar entrenamientos de actividades deportivas federadas de competencia autonómica en espacios deportivos.

En plazas de toros, recintos e instalaciones se sustituye el aforo máximo del 50 por ciento por la asistencia de un máximo de 1.000 personas.