Aprobada la nueva ordenanza de movilidad sostenible de Madrid

El Gobierno municipal de PP y Cs ha celebrado este viernes una Junta de Gobierno extraordinaria en la que ha aprobado el nuevo texto de la modificación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) de Madrid a falta de que los grupos presenten alegaciones.

Así lo ha avanzado en rueda de prensa en el Palacio de Cibeles el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, acompañado del delegado de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, y la delegada de Seguridad y Emergencias, Inmaculada Sanz.

En este texto se han incluido 400 alegaciones de las 7.500 que recibieron en el periodo de información pública. El documento será remitido a los grupos municipales hoy mismo para que, durante las próximas dos semanas, presenten sus enmiendas con el objetivo de mejorar la normativa antes de que se lleve a comisión y Pleno extraordinarios para su aprobación definitiva en la primera quincena de septiembre.

Las alegaciones que ya han acogido de diferentes entidades y particulares no han supuesto cambios sustanciales sobre la esencia de la nueva OMS, que permitirá a la ciudad tener de manera progresiva una gran Zona de Bajas Emisiones para mejorar la calidad del aire.

«Esta ordenanza, junto a la de Calidad del Aire que se aprobó en marzo y la Hoja de Ruta hacia la Neutralidad Climática de la capital sitúan a Madrid a la vanguardia de la sostenibilidad y la lucha contra el cambio climático», ha señalado el regidor.

Almeida ha justificado también el cambio de nombre de Madrid Central a Distrito Centro, ya que la primera fue declarada «ilegal» y «no parece razonable mantener una denominación que hace referencia a una zona de bajas emisiones que fue declarada ilegal».

CAMBIOS INTRODUCIDOS CON LAS ALEGACIONES

Las bicicletas podrán circular por túneles y los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) como los patinetes podrán hacerlo por los carriles multimodales-carril con velocidad limitada a treinta kilómetros por hora o inferior.

Así, se ha modificado el artículo permitiendo la circulación general de bicicletas por túneles, salvo prohibición expresa, siempre que utilicen la correspondiente iluminación homologada. También, se ha cambiado la redacción que el proyecto inicial daba al Preámbulo y al artículo 177 de la OMS para permitir la circulación de VMP por carriles multimodales ante las sugerencias realizadas por diferentes empresas de vehículos compartidos, asociaciones ciclistas y de VMP.

De este modo, los patinetes y otros VMP podrán transitar por estos carriles siempre que hagan uso del casco homologado y estén iluminados como se contempla en el Reglamento General de Circulación.

Además, se incluyen en el artículo tres apartados para regular la distancia de seguridad que los vehículos a motor han de guardar respecto a los VMP: cinco metros de distancia si se circula tras ellos, cambiar de carril para adelantarlos y se permite a los VMP utilizar el carril de la rotonda que necesiten para hacerse más previsibles sin que el resto de vehículos corten su trayectoria, a su vez que han de disminuir la velocidad.

REFUERZO DE LA SEGURIDAD VIAL Y ‘MADRID 360’

La Ordenanza de Movilidad Sostenible de la capital refuerza la seguridad vial en las vías urbanas, especialmente en las aceras y zonas peatonales y sobre los colectivos más vulnerables (menores de edad, los de edad avanzada, dependientes, personas con discapacidad y con movilidad reducida).

Así, con ánimo de garantizar la accesibilidad universal, a través del artículo 48, se obliga a bicicletas, VMP, ciclos, motos y vehículos de dos o tres ruedas a estacionar exclusivamente en los espacios específicamente reservados y señalizados para ello, preferiblemente en la calzada.

A petición de diferentes colectivos, se permite el estacionamiento de bicicletas y VMP sobre aceras que no hayan sido declaradas peatonales ni de especial protección para el peatón y siempre que no exista una reserva específica para estos vehículos a menos de cincuenta metros.

Las medidas más eficaces de la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360 para combatir las mayores fuentes de emisiones contaminantes, como el tráfico rodado y los sistemas de climatización no eficientes, cuentan con el respaldo normativo de dos ordenanzas para su aplicación: la de Calidad del Aire y Sostenibilidad, y la de Movilidad Sostenible (OMS), que se debatirá en Pleno en las próximas semanas.

Como ha explicado Carabante el tráfico rodado es el principal responsable de la contaminación del aire por dióxido de nitrógeno en la ciudad, concretamente del 53,3% del NO2 total y del 74,4% si sólo se consideran las fuentes locales sobre las que el Ayuntamiento de Madrid tiene capacidad de regular.

Para incentivar el trasvase hacia tecnologías limpias, una de las medidas más importantes que contempla la OMS viene recogida en el artículo 21, ya que concede una protección básica para todos los ciudadanos en el conjunto del término municipal con la restricción progresiva de la circulación a los vehículos más contaminantes, aquellos que no poseen distintivo ambiental (A), mediante la creación de Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE).

Su aplicación es por anillos territoriales, posibilitando cumplir los valores limite y los umbrales de calidad del aire establecidos por la normativa comunitaria y estatal en materia de calidad del aire y protección del medio ambiente.

CALENDARIO DE RESTRICCIONES

De las siete estaciones que superaron en 2018 los valores límite para la media anual de NO2 cinco se situaban en el interior de la M-30. Comenzando por las zonas donde los niveles de contaminación son más elevados (interior de la M-30), el calendario de limitaciones a la circulación establecido para aquellos vehículos que no estén dados de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento es desde el 1 de enero de 2022, queda prohibido su acceso y su circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.

Desde el 1 de enero de 2023, queda prohibido su acceso y su circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30, desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido su acceso y su circulación por todas las vías públicas urbanas del ámbito territorial de Madrid ZBE y desde el 1 de enero de 2025, la prohibición se extiende también para los A de Madrid.

Asimismo, la creación de la ZBEDEP Plaza Elíptica permitirá reducir el tráfico de la zona un 18,6%, el equivalente a un descenso de 37.000 vehículos por kilómetro diarios y un aumento de la velocidad media del 42%, hasta alcanzar los 38,9 km/h, permitiendo reducir 1.500 vehículos en hora punta.

SER

La nueva normativa acaba con los artículos 56 y 57 del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) que regulaban las zonas de aparcamiento vecinal, ya que no determinaban el sistema específico para su control y se mantiene la fórmula para aquellos barrios donde existen problemas de estacionamiento para la gestión racional del espacio público.

El texto contempla la posible ampliación del servicio en el artículo 57 a 20 nuevos barrios de manera parcial (parte del territorio) o total. Solo se implantaría bajo demanda vecinal. De los 49 barrios que actualmente se rigen por esta fórmula se elevaría a 69.

Las zonas que se incorporan de manera parcial serían: Peñagrande (Fuencarral-El Pardo); Valdezarza (Moncloa-Aravaca); Los Cármenes y Puerta del Ángel (Latina); Puerta del Ángel (Latina); Opañel, San Isidro (Carabanchel); Zofío y Pradolongo. (Usera); Ventas, Pueblo Nuevo, Quintana, Concepción, San Pascual, San Juan Bautista, Colina, Atalaya y Costillares (Ciudad Lineal). El SER se implantará por completo en los barrios de Comillas (Carabanchel); Almendrales y Moscardó (Usera).