Malestar en la judicatura con José Luis Calama por tolerar homenajes a presos de ETA

El juez de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, ha decidido permitir los actos en apoyo a presos de ETA, entre ellos Henri Parot, convocados para este viernes 31 de diciembre en Pamplona y Mondragón, ya que, según ha considerado el magistrado, se trata de concentraciones para «la expresión de opiniones que inquietan o chocan a diversos sectores de la sociedad». Además, Calama se ampara en que no se puede restringir el derecho fundamental de reunión sin que haya constancia de que se haya producido o se vaya a producir algún delito. Esta decisión ha generado cierto malestar en la judicatura pese a que muchos de sus compañeros aseguran entender su fundamento.

Estos actos de «libertad de expresión» tienen como protagonista a Henri Parot, uno de los etarras más sanguinarios de la banda terrorista, que lleva en prisión desde 1990 por los asesinatos de 39 personas. Sin embargo, Calama considera que los elementos de los que se disponen hasta ahora ponen de manifiesto que se trata de la expresión de un deseo de acercamiento de presos a los Centros Penitenciarios del País Vasco, sin entrar en la justificación o ensalzamiento de las acciones por las que se hallan privados de libertad, conducta amparada por el derecho a la libre expresión en el ámbito de procedimiento penal.

Además, especifica que, actualmente, no existen datos suficientes para determinar si los actos denunciados podrían llegar a constituir un delito de enaltecimiento al terrorismo. Por lo tanto, Calama concluye que no se puede suspender previamente esta manifestación como han solicitado desde distintas asociaciones de víctimas del terrorismo como la Asociación Plataforma de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo (APAVT) y Dignidad y Justicia. APAVT también había solicitado prohibir los programados para ese mismo día y la prevista para el 8 de enero, ambas en Bilbao.

«la libertad de expresión es un requisito indispensable para una sociedad democrática»

Por otra parte, ha matizado que deberá ser la autoridad gubernativa competente la que deba decidir si la convocatoria denunciada se «ajusta a la normativa para su celebración», ya que a ella está encomendado el mantenimiento de la «seguridad ciudadana y prevención de la comisión de actos delictivos». Calama también añade que no se puede olvidar que «la libertad de expresión es un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática».

Por su parte, las asociaciones convocantes de estos actos, SARE y Etxerat, dedicadas al apoyo de los presos de ETA, sostienen que no se trata de unas marchas en homenaje los etarras que se encuentran presos. Estas organizaciones defiende que dichas convocatorias tiene como objetivo la denuncia contra la política penitenciaria de excepción que se aplica a estos reclusos. Sin embargo, tras la polémica suscitada por estos actos, SARE decidió eliminar de los carteles de las convocatorias los nombres de los presos o huidos de ETA Henri Parot, José Manuel Pagoaga Gallastegui (Peixoto) y Eugenio Barrutiabengoa (Arbe), para, según explicaron, evitar el «dolor añadido» a las víctimas.

A pesar de que Calama no ha suspendido los actos, sí ha pedido a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de Estado que controlen las convocatorias y hagan el seguimiento pertinente de la marcha. Para ello, les ha instado a que adopten las medidas necesarias para evitar que en el transcurso de la convocatoria se constituyan los delitos de enaltecimiento o justificación de delitos terroristas. Así, con estas disposiciones, en caso de ser necesario, podrían proceder a la identificación de los autores y ponerlo en conocimiento del Juzgado, y añade que para adoptar una actitud vigilante no es necesaria una orden judicial.

El juez también ha recordado que en el año 2018 la Eurocámara recomendó a los Estados miembros que prohibieran los homenajes de personas declaradas culpables mediante sentencia firme por llevar a cabo actividades terroristas. En este sentido, incide en que corresponde al legislador establecer una norma que de cumplimiento a dicha disposición del Parlamento Europeo.

LA FISCALÍA EN LA MISMA LÍNEA

Calama sigue así la misma línea defendida por la Fiscalía, quien tampoco ve motivos para prohibir los actos de Pamplona y Mondragón, previsto para el 31 de diciembre, así como la convocada para el 8 de enero en Bilbao. El Ministerio Fiscal sostiene que lo que se pretende es una decisión judicial sobre actos que todavía no han tenido lugar, es decir, sobre «un hecho futuro, impreciso e incierto».

Además, el escrito de la Fiscalía también recoge que anticiparse a los hechos puede suponer una alteración de la naturaleza del procedimiento penal, que requiere la previa existencia de un concreto delito, perpetrado por personas concretas. Por otra parte, también expresan que debe ser la policía vasca la que acuda a los actos para impedir que se produzca algún delito.