Profunda división en el Supremo por los recursos a los indultos del ‘procés’

Profunda división en la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo por los recursos del ‘procés’. El Alto Tribunal no estudiará los numerosos recursos interpuestos contra la decisión del Gobierno de Pedro Sánchez de indultar a Oriol Junqueras y Jordi Sánchez, junto al resto de políticos independentistas, condenados por el ‘procés’.

No es normal este enfrentamiento entre jueces sobre un asunto que el propio Tribunal ha sentenciado

En el seno de la Sala se ha producido un fuerte encontronazo entre los jueces. Los magistrados Segundo Menéndez, Octavio Juan Herrero, Wenceslao Francisco Olea, Fernando Román y Ángeles Huet de Sande han debatido sobre la idoneidad de aceptar estos recursos y poder conocer las razones por las cuales el Gobierno concedió esta medida de gracia. La votación, que aún no es pública y que se dará a conocer los próximos días, ha tenido un resultado desalentador, con un ajustado tres a dos, según han asegurado fuentes jurídicas a MONCLOA.com.

SIN UNANIMIDAD Y CON EL VOTO DE CALIDAD DEL PRESIDENTE

De esta forma, ya no existe «unanimidad» en uno de los asuntos cruciales para la justicia española, como ha sido el desafío separatista. Era un tema tan crucial que el Supremo ha dado a conocer antes a la prensa que a los propios partidos y asociaciones que habían presentado el recurso. Algunas de ellas esperan aún el texto del Alto Tribunal.

En pocas palabras, el Supremo ha afirmado que los dos principales partidos de la oposición, PP y Vox, junto a Convivencia Cívica Catalana, entre otras, no están legitimadas para recurrir estos indultos. «Básicamente, que los indultos no son impugnables«, ha venido a decir la Sala. No obstante, habrá batalla judicial aún. Este parecer del Supremo es recurrible ante el propio Alto Tribunal y si cabe, en el Tribunal Constitucional. Además, el asunto podría llegar incluso a Europa.

La imagen de la mentira y otras mentiras de Macarena Olona
La imagen de la mentira y otras mentiras de Macarena Olona

El Supremo ha dado a conocer su rechazo a los recursos, pero no ha explicado ni profundizado en la cuestión. «En los próximos días se hará público«, han afirmado fuentes judiciales. De esta forma, se produce una situación de indefensión para quienes han recurrido los indultos. Se ha conocido antes por la prensa y de forma muy escueta, sin razonamientos ni fundamentos. «La deliberación ha sido una verdadera guerra«, según apuntan las fuentes consultadas, que no descartan incluso la injerencia del Gobierno en esta deliberación.

SE PRODUJO UN POLÉMICO EMPATE EN LA INADMISIÓN DE LOS RECURSOS

«Han empatado dos a dos y ha sido el voto de calidad del presidente de la Sala el que ha decantado la votación», han asegurado las fuentes consultadas. Los votos particulares, si los hubiere, delatarían qué jueces se han negado a estudiar estos recursos.

«Es una importante división. No es normal este enfrentamiento entre jueces sobre un asunto que el propio Tribunal ha sentenciado», han destacado las mismas fuentes. De esta forma, se da un carpetazo momentáneo a los indultos. Junto a los mencionados PP, Vox y CCC, se encuentran también el exdelegado del Gobierno en Cataluña, Enric Millo y la Asociación Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén. También se encuentra Inés Arrimadas, líder de Ciudadanos, junto a Lorena Roldán, diputada del PPC. Todos ellos mostraron que los indultos les perjudican.

Esta misma Sala fue quien sostuvo el nombramiento de Dolores Delgado. También rechazó los recursos del PP y Vox con una frase muy relevadora: «El Tribunal Supremo no es el lugar adecuado para dirimir controversias de carácter político». Los jueces con esta negativa evitan así pronunciarse y tratar el fondo del asunto.

EL CASO DE DOLORES DELGADO, EL MÁS RECIENTE

No hace ni tres meses que decidieron lavarse las manos sobre el nombramiento de la exministra como fiscal general del Estado. A su juicio, los partidos políticos de la oposición no están legitimados. ¿Quién lo está entonces si son precisamente la oposición al Gobierno? Como ha ocurrido este jueves, el Supremo adelantó su decisión antes de dar a conocer sus argumentos.

«Ni la jurisdicción contencioso-administrativa ni la Sala Tercera son el lugar adecuado para dirimir controversias suscitadas en la defensa de intereses de carácter político», ha asegurado el Supremo, pese a ser el único Tribunal al que se puede acudir para tratar de impugnar los acuerdos del Ejecutivo.

De hecho, las funciones de la Sala Tercera de lo Contencioso son «en única instancia» donde se reciben los «recursos contencioso-administrativos contra actos y disposiciones del Consejo de Ministros, de las Comisiones Delegadas del Gobierno y del Consejo General del Poder Judicial y contra los actos y disposiciones de los órganos competentes del Congreso de los Diputados y del Senado, del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Cuentas y del Defensor del Pueblo en los términos y materias que la Ley establezca y de aquellos otros recursos que excepcionalmente le atribuya la Ley». En resumen, no hay otra Sala posible. De ahí que las fuentes critiquen la decisión del Alto Tribunal.

LOS JUECES AFIRMAN QUE ES UN DEBATE POLÍTICO Y NO JURÍDICO

Para su argumento con Delgado, estos jueces aseguraron que sólo aquellos que tienen legitimación activa pueden presentar el recurso. En esta jurisdicción no existe la acción pública salvo en los casos específicos en que lo establece la ley.

«No es bastante que exista una relación entre la actuación que pretende impugnarse y los fines de política general, en este caso en materia de altos nombramientos, que puedan perseguir como instituciones de participación política que son», afirmaron los jueces. De esta forma, «no puede sostenerse con éxito el reconocimiento general de la acción procesal a los partidos políticos, por muy relevante que sea su función constitucional, pues, de hacerlo, estaríamos ante una legitimación universal para impugnar cualquier acto que tuviera naturaleza, incidencia o repercusión política, por la mera invocación de su relación con los fines generales de su acción política en la que se incluye el control al Gobierno, pues ello equivaldría a establecer, en definitiva, una acción popular de carácter político, ayuna de cobertura legal«. Es decir, las decisiones del Gobierno no pueden impugnarse.

LOS ARGUMENTOS DEL SUPREMO PARA NO PERJUDICAR A DELGADO

Según los magistrados, «los recurrentes ni son titulares de ningún derecho infringido por el real decreto impugnado, ni han sabido explicar qué ventaja real y efectiva lograrían o qué desventaja o perjuicio evitarían en su esfera jurídica con sus recursos que no pueda invocar cualquier persona». La pregunta ahora es si habrá copia y pega de estas palabras para argumentar su rechazo a los recursos.

dolores delgado Moncloa

Sobre la decisión de los indultos, cabe recordar que la Sala de lo Penal del propio Tribunal se opuso a los indultos de los condenados y lo hizo con un durísimo informe al asegurar que estaban en juego «los pilares sobre los que se asienta la convivencia democrática».

Para el Gobierno de Sánchez no era tiempo de «venganza», como si hacer justicia lo fuera. Los políticos indultados no tendrán tampoco que responder por el dinero malversado a todos los catalanes, los principales perjudicados de los indultos y que han tenido que soportar las calles incendiadas y los continuos cortes de carreteras.

Los indultos del Gobierno provocaron una profunda herida en el constitucionalismo catalán. Estaba en venta su voz y se le puso el precio. No hubo ni hay atención para ellos, mientras los partidos se han enzarzado en una estéril disputa judicial, al menos por el momento.

Cabe recordar que el Supremo puede revocar las medidas de gracia si no están debidamente justificadas. Los recurrentes, no obstante, solicitaron a la Sala Tercera que revisara el Real Decreto de los indultos y se presentaron como perjudicados de la medida.