El Canal de Isabel II camufla una subasta bajo apariencia legal de concurso

Si Suspender la licitación del concurso para la actualización documental y redacción de proyectos de una presa. Esto es lo que le ha pedido el Foro para la Ingeniería de Excelencia (Fidex) al Canal de Isabel II. ¿La razón? Incumple la Ley de Contratos del Sector Público ya que, según la misma, está prohibida la subasta de los servicios de ingeniería.

De esta manera, el foro que agrupa a diez de las principales y más internacionalizadas ingenierías de España, denuncia que lo que está haciendo el Canal de Isabel II es enmascarar como legal algo que tácitamente está contraviniendo la ley. ¿Cómo? Mediante dos irregularidades: por un lado, estableciendo como ‘criterios de calidad’ determinados criterios técnicos que nada tienen que ver con la calidad del proyecto; por otro, detallando cómo conseguir la máxima puntuación en la parte técnica, haciendo del concurso una subasta en la que sólo se compite por precio.

La norma, que arrancó hace un año, sigue sin ser cumplida por el Canal de Isabel II, según denuncia Fedex. En concreto, señala que “en este proyecto concreto, Canal de Isabel II camufla una subasta bajo apariencia legal de concurso, pues la competencia entre las ofertas se limita al que lo haga más barato y no al que lo haga mejor”. Y apostilla: “Y es que en la parte técnica todos los ofertantes han recibido la máxima puntuación”.

CANAL DE ISABEL II O DON ERRE QUE ERRE

La Ley de Contratos del Sector Público es muy clara al señalar que, al menos el 51% de la valoración de la oferta, debe corresponderse con criterios relacionados con la calidad. Algo que, al menos en apariencia, cumple el pliego para un contrato de servicios de asistencia técnica como el de la presa, ¿Por qué aparentemente? Porque según Fidex, el pliego incluye criterios técnicos que nada tienen que ver dicha calidad. ¿Cuáles son? La ampliación del periodo de garantía y la reducción del plazo de ejecución.

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Por si fuera poco, el pliego no da ‘puntada sin hilo’ a la hora de explicar cómo cosechar la máxima puntuación técnica. Así, si se reduce el plazo de ejecución de 10 a 8 meses, y se aumenta el periodo de garantía cuatro años, se alcanzan los 51 puntos máximos. Por ello, y como ya ha quedado reseñado, todos los que hicieron oferta recibieron la máxima puntuación. Sobresaliente.

De esta manera, y según Fidex, el Canal antepone el precio a la calidad “aun con un marco legal que ya no le respalda, repitiendo malas prácticas del pasado cuando entonces era habitual que adjudicara con bajas económicas de entre el 45% y el 65%”. Y pone como ejemplo otras entidades públicas, como ADIF, la Dirección General de Carreteras o la Dirección General de Aguas, entes donde sí se respetan las nuevas directrices de la Ley de Contratos.

“Estamos ante el primer pliego de la historia que te chiva las respuestas de la parte más importante del examen, las relativas a los criterios técnicos de calidad, para conseguir la máxima puntación. El resultado al final es la subasta de los servicios de ingeniería, algo que prohíbe expresamente la Ley de Contrato del Sector Público”, afirma rotundo Fernando Argüello, director general de Fidex.