Juzgado obliga a Orange retirar la antena de un edificio que ocupaba pese a rescisión de contrato

El Juzgado de Primera Instancia número 24 de Sevilla ha condenado a la compañía Orange a retirar de un bloque de edificios la antena que mantenía situada en su azotea pese a que la comunidad de propietarios decidió rescindir el contrato por su instalación, y ello, tras la actuación ante los tribunales de la Federación Andaluza de Consumidores y Usuarios (Facua).

La comunidad de propietarios de un bloque de edificios situado en el barrio de San Diego suscribió en 1998 un contrato de arrendamiento con Siemens para que la compañía instalara una estación Base de telefonía –una antena– en su azotea, que posteriormente fue cedido a Orange por parte de la empresa. El contrato quedaba fijado con una duración inicial de cinco años, que podía prorrogarse en periodos sucesivos de otros cinco años, informa Facua en un comunicado.

En septiembre de 2018, la comunidad de propietarios comunicó a Orange su voluntad de rescindir el contrato y de que la operadora retirara de la azotea la antena. El contrato de arrendamiento indicaba «claramente» que, tras un periodo de vigencia de 20 años, «ambas partes podrán ejercer su derecho a no renovar el contrato comunicando su intención a la otra parte».

Orange, en su respuesta, «se negó a atender la petición» de la comunidad, indicando que «esta parte se opone de forma expresa y no acepta la resolución del contrato anunciada, lo que conllevará necesariamente la resolución judicial del mismo».

Ante esta situación, la comunidad de propietarios decidió acudir a Facua para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación se dirigió a Orange para instarle a que diera por resuelto el contrato y abandonara la azotea del edificio. La compañía «volvió a negarse a resolver el contrato», instando una vez más a acudir a la vía judicial.

Así, «ante las continuas negativas de Orange», Facua decidió acudir a los tribunales para interponer una demanda contra la compañía. En su escrito, la asociación reiteró una vez más la voluntad de la comunidad de resolver el contrato, que en su propio texto facultaba a las partes para no renovarlo tras el citado periodo de vigencia.

Además, Facua también indicaba que durante el periodo de arrendamiento la compañía «no se había hecho cargo en ningún momento del mantenimiento de la antena y de la zona en la que se asentaba». Los vecinos del bloque habían criticado en diversas ocasiones el mal estado de conservación –ruidos constantes por falta de mantenimiento, limpieza inadecuada, así como charcos de agua y humedades en las viviendas de debajo–, lo que motivó en parte el deseo de la comunidad de no revocar el arrendamiento, ya que la empresa «nunca llegó a preocuparse por solucionar dichas deficiencias».

El Juzgado de Primera Instancia ha resuelto a favor de la comunidad de propietarios del bloque, condenando a Orange a retirar del edificio la antena y al pago de las costas del juicio, que se han tasado en 946 euros.