Condenado a 12 años de cárcel por abusar sexualmente de la hija de su pareja

El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a 12 años de prisión a un hombre que abusó en reiteradas ocasiones de la hija de su pareja sentimental cuando esta tenía 14 años, para lo que aprovechaba momentos en los que quedaban a solas en el domicilio familiar.

El fallo, ratifica la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería en su integridad tras desestimar el recurso de casación interpuesto por la defensa, con lo que condena además al hombre a diez años de libertad vigilada, al pago de 90.000 euros en concepto de responsabilidad civil y a permanecer a más de 500 metros y no contactar con la menor durante 15 años.

Los abusos tuvieron lugar al menos durante un periodo de seis meses entre enero y junio de 2018, cuando el acusado «movido por el ánimo de obtener un placer sexual y aprovechando la relación que tenía» con la menor, por ser hija de su pareja, abusó de distintas formas de la adolescente.

Estos actos libidinosos se realizaron «en contra la de la voluntad de la menor, que se quedaba quieta ante esos comportamientos por temor a los enfados del procesado, que repercutían en el ambiente familiar», según se consideró probado en primera instancia.

El Alto Tribunal confiere credibilidad al testimonio de la víctima en el que se basó buena parte de la prueba para condenar al acusado, dado que su declaración fue «clara y precisa» al tiempo que se mostró «coherente y contundente» al quedar corroborada con datos adicionales, como que al enterarse su madre de lo sucedido «pidió explicaciones al acusado y éste, tirado en el suelo, pidió perdón y dijo que no lo volvería a hacer».

En el acto de juicio también comparecieron la profesora y directora del centro educativo en el que cursaba estudios la menor, quienes explicaron que, tras tener conocimiento de lo ocurrido y poner en marcha el protocolo de actuación, la menor manifestaba que «no quería volver a su casa», por lo que permaneció con una amiga.

Asimismo, el informe de evaluación y diagnóstico elaborado por las psicólogas de la Fundación Márgenes y Vínculos determinó que el testimonio de la adolescente era «creíble» en base a la exploración realizada sobre la menor, quien de otro lado, contaba con una edad «suficientemente avanzada para recordar y narrar con fiabilidad lo sucedido» sin que se detectaran «motivaciones espurias» en su acusación.

La menor mantuvo su versión durante todo el proceso en el que mantuvo un relato «preciso» y con «detalles muy concretos y descriptivos de la dinámica de los hechos», lo que se vio apoyado por algunos datos que ofreció la madre, como que el «hecho de ducharse todos los miembros de la familia de forma seguida, lo que posibilitaba que la menor viera al acusado desnudo con cierta frecuencia o el hecho de acostarse los tres en la cama y el acusado en medio de madre e hija, lo que facilitaba la realización de tocamientos a esta última».