Sólo tres fechas posibles para la investidura de Sánchez

Pedro Sánchez le comunicará este mismo martes a Meritxell Batet, presidenta del Congreso, la fecha para el debate de investidura. Desde el PSOE anunciaron que sería en julio, una afirmación que sólo deja tres días posibles, ya que tiene que celebrarse un martes para que la repetición de elecciones caiga en domingo: 9, 16 ó 23 de julio.

Así las cosas, las fechas posibles para esa votación, que tendrá lugar en la segunda jornada del debate en el Pleno del Congreso, se reducen al próximo martes, 9 de julio, o bien los siguientes martes, días 16 ó 23.

Y es que la fecha del debate de investidura, que el candidato Pedro Sánchez comunicará este martes a la presidenta del Congreso, será decisiva para determinar el día de una hipotética repetición de las elecciones generales.

DOS MESES QUE EN VERANO SON MÁS LARGOS

La Constitución de 1978 establece en su artículo 99.5 que, «si transcurrido el plazo de dos meses desde la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones, con el refrendo del presidente del Congreso».

Esa repetición ya se produjo en 2016 cuando, tras la fallida investidura de Sánchez con apoyo de Ciudadanos de principios de marzo, pasaron los dos meses sin que prosperara ninguna candidatura y las Cortes se disolvieron para repetir los comicios el 26 de junio de ese año.

En esta ocasión, y como el plazo de los dos meses naturales coincide con dos meses consecutivos de 31 días, julio y agosto, el calendario de la próxima investidura debe adaptarse a las circunstancias para no provocar un desajuste que llevase a celebrar elecciones un sábado o un lunes.

Además, hubo un cambio legal en 2016 ante el riesgo de una segunda repetición de las elecciones en plena Navidad. Así, al inicio de la pasada legislatura los partidos modificaron la ley electoral para introducir una disposición adicional estableciendo que, en los casos de repetición de los comicios por falta de investidura, se acortaran los plazos del procedimiento electoral, bajando de 54 a 47 días.

SE ACORTÓ EL PERIODO ELECTORAL A 47 DÍAS

«En el supuesto de elecciones a Cortes Generales como consecuencia de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 99 de la Constitución, el real decreto de convocatoria se expide al día siguiente de la expiración del plazo de dos meses, contados a partir de la primera votación de la investidura –se incluyó–. Dicho real decreto se publica el mismo día de su expedición y entra en vigor el mismo día de su publicación. El real decreto de convocatoria señala la fecha de las elecciones que habrán de celebrarse el día cuadragésimo séptimo posterior a la convocatoria».

Con esas reglas, si Pedro Sánchez y Meritxell Batet deciden situar la sesión de investidura la próxima semana, la primera votación debería ser el martes 9 de julio para que los dos meses acaben el lunes 9 de septiembre y, si para entonces nadie hubiese logrado ser elegido presidente del Gobierno, al día siguiente se disolverían las Cortes y la repetición de las elecciones generales tendría lugar el domingo 27 de octubre.

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Ahora bien, si el debate de investidura se pospone una semana más y se fija para la semana siguiente, 15 y 16 de julio, ese plazo de dos meses acabaría el 16 de septiembre, el decreto se publicaría al día siguiente y la repetición de los comicios pasaría al 3 de noviembre. En este caso, coincidiría con el puente de la Fiesta de Todos los Santos (primero de noviembre), lo que podría incidir en la participación.

La tercera alternativa, celebrar el debate de investidura los días 22 y 23 de julio, supondría prolongar la interinidad y llevaría al 23 de septiembre el plazo de los dos meses, lo que conduciría a unas nuevas elecciones generales el 10 de noviembre.