Forenses consideran «muy violenta» la muerte del cuerpo abandonado en un paraje de Herencia

Los forenses han calificado de «muy violenta» la muerte del cuerpo abandonado en un olivar entre las localidades de Herencia y Alcázar de San Juan en febrero de 2019.

Un cadáver que fue localizado por las indicaciones del acusado tras presentarse en la Comisaría de Ciudad Real a confesar que lo había matado después de una discusión y después había dejado el cadáver en el punto donde fue hallado.

Una conclusión expuesta en la tercera sesión del juicio con jurado popular que se está celebrando en la Audiencia Provincial de Ciudad Real.

En este sentido, han explicado que las acciones realizadas en ambos escenarios, primero en el camino donde se produjo la primera agresión, pero sobre todo en el segundo, el olivar donde le propinó los hachazos, fueron muy violentas, tal y como revelan tanto las manchas y proyecciones de sangre halladas como las lesiones que descubrieron en la autopsia.

Unas lesiones, por otro lado que corroboran, en su opinión que la víctima debía de encontrarse inconsciente o semiinconsciente y por tanto no se pudo defender, han asegurado.

Otro dato que han revelado como conclusión al análisis de los escenarios y del cuerpo del fallecido es que este se encontraba vivo en el momento que se le propinaron los hachazos, un número, por otro lado que estiman en «un mínimo de 15» pero que no se han podido contabilizar con exactitud «al haberse perdido tejido».

Finalmente, los técnicos de la policía científica que analizaron las pruebas del crimen han concluido que la sangre hallada en ambos escenarios corresponde al fallecido y que se ha encontrado ADN del fallecido y del acusado.

CONFORMIDAD

La sesión ha concluido con un cambio en las conclusiones definitivas de las partes al haber alcanzado un acuerdo por el cual se han modificado las calificaciones de los delitos y las penas.

Así las tres partes han calificado los hechos como asesinato eliminando tanto la Fiscalía como la acusación particular el agravante del parentesco y manteniendo la atenuante de la confesión. Por su parte, la defensa ha abandonado su calificación de homicidio imprudente.

Precisamente en la confesión de los hechos por parte del acusado, a lo que se une lo «abrumadora» de la prueba, es en lo que se basa la defensa para haber modificado su calificación de homicidio imprudente a asesinato.

Así la petición de pena ha sido rebajada por Fiscalía y acusación particular -pedían 22 y 25 años respectivamente- y aumentada por la defensa a 20 años.

A esto se suma la petición por todos ellos de seis meses de prisión por conducir sin carnet.

UNA ALEVOSÍA DE LIBRO

Tanto la fiscal como la abogada de la acusación particular se han mantenido en su convencimiento que los hechos ocurridos se tratan de un asesinato destacando la «alevosía de libro» con el que se perpetró, al encontrarse inconsciente la víctima.

Ambas han apelado tanto a la confesión del acusado en el que reconocía que el fallecido estaba inconsciente en el momento en el que le propinó los hachazos, a las conclusiones de los informes de los peritos que corroboran esta afirmación y al testimonio de la testigo.

Sobre el punto de abandonar en sus peticiones el agravante de parentesco, tanto fiscal como acusación particular han remitido a que no se ha podido conseguir ningún testimonio o prueba que certifique que acusado y víctima tuvieran una relación más allá de la amistad.

La acusación particular ha hecho hincapié a las continuas referencias al carácter hermético del fallecido, en los que han insistido varios miembros de su familia durante el juicio.

«HACER OTRA COSA NO ES DEFENDER, ES UNA TEMERIDAD»

Por su parte, el letrado del acusado ha defendido su papel tras cambiar las calificaciones provisionales de homicidio imprudente a asesinato.

«No les quepa la menor duda que se ha respetado el derecho a la defensa», ha manifestado al jurado, explicando que el propio acusado ha asumido los hechos y la alevosía con los que lo perpetró.

Algo que ha determinado a su vez la prueba forense, ha insistido, por lo que no se puede contradecir una realidad constatada, hacer otra cosa «no es defender, es una temeridad».

En este sentido, el letrado entiende que este es el mejor resultado que se puede conseguir. Ha justificado que la conformidad no ha aparecido de forma espontánea sino tras el mantenimiento de varias reuniones con las partes y con su defendido, pero que el juicio ha tenido que celebrarse al pedirse una pena superior a los seis años.

Finalmente el acusado no ha querido utilizar su derecho a la última palabra, por lo que este jueves se le dará al jurado el objeto del veredicto y se retirarán a deliberar.