El pasado 22 de agosto una adolescente de tan solo 15 años de edad fue atropellada mientras conducía su patinete en Valencia. Tras permanecer durante nueve días en estado crítico en el Hospital la Fe, finalmente perdió la vida este viernes.
Esta es la segunda víctima mortal por accidente de patinete en la ciudad valenciana después de que en el pasado mes de abril otro joven de 19 años falleciera a consecuencia de un atropello por parte de un hombre que conducía ebrio en Carpesa, al norte de la ciudad.
En esta ocasión la joven fue atropellada por un vehículo el pasado jueves 22 de agosto en el barrio de Campanar en torno a la una de la madrugada. El conductor del turismo impactó con la víctima en el cruce de la calle Conchita Piquer con la avenida Campanar. El autor del atropello, al volante de un coche modelo Dacia Sandero, dio negativo en la prueba de alcoholemia y en el test de drogas.
Tras el atropello, el grupo de Atestados de la Policía Local de Valencia se encargó de dar comienzo a la investigación con el fin de esclarecer los hechos acontecidos y las circunstancias que pudieron dar origen al suceso, el cual tuvo lugar a pocos metros de un paso de peatones.
Tras haber recibido atención sanitaria en el lugar del accidente y ser estabilizada por el equipo del SAMU, la menor, que en el momento del accidente no llevaba casco, fue trasladada a la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) del Hospital La Fe de Valencia, donde ha permanecido ingresada durante nueve días hasta que finalmente ha fallecido al no poder superar las graves lesiones que sufrió en la cabeza con motivo del accidente.
El conductor del vehículo podría haberse saltado el semáforo
La familia de la joven tiene fuentes que aseguran que la víctima se encontraba cruzando con el semáforo en verde y que fue el conductor del turismo quién se saltó el semáforo cuando este se encontraba en rojo para él, aunque por el momento no hay confirmación al respecto.
En el atestado policial se indica que la señalización de la avenida Campanar, que era por la que circulaba el vehículo, permitía el paso del vehículo al estar en verde. Además, la menor se encontraba circulando por la calzada con el patinete y, a causa del impacto, salió despedida hasta una posición cercana a los pasos de peatones presentes en este cruce.
En todo caso la investigación por parte del grupo de Atestados de la Policía Local de Valencia continua. De esta manera se determinará si el conductor tiene algún tipo de responsabilidad penal por el accidente.
A razón de esta nueva víctima mortal, desde la Policía Local de Valencia han decidido prolongar la campaña informativa sobre la nueva Ordenanza de Movilidad. De esta manera, los usuarios podrán informarse antes de que puedan empezar a ser sancionados.
El concejal de Seguridad Ciudadana, Aarón Cano, ha recalcado que la campaña permanecerá activa durante todo el mes de septiembre, hasta que la nueva normativa en materia de movilidad «sea conocida por toda la población», ya que su prioridad es «la seguridad vial».
El accidente de Carpesa que acabó con la vida de un joven de 19 años
La muerte de la joven de 15 años es la segunda en lo que va de año en la ciudad de Valencia relacionada con el uso del patinete eléctrico. En el caso anterior, que tuvo lugar el pasado 30 de abril, un joven de 19 años sufría en Carpesa un atropello por parte del conductor de una moto, que chocó contra él por un adelantamiento indebido.
En este caso, el motorista, de 38 años de edad, dio positivo en el control de alcoholismo, con una tasa de 0,62 mg/l. El herido en el accidente fue trasladado al Hospital Clínico de Valencia, donde fue confirmada su muerte cerebral.
Nueva Ordenanza de Movilidad de Valencia
El pasado 8 de junio entró en vigor la Ordenanza de Movilidad de Valencia, la cual sustituyó a la antigua Ordenanza de Circulación que estaba vigente desde el año 2010. Esta nueva normativa municipal es la primera que regula los Vehículos de Movilidad Personal, en la cual se incluyen por primera vez los patinetes eléctricos, así como aquellas zonas por las que se pueden circular con estos y con las bicicletas.
En este sentido, el Ayuntamiento de Valencia decidió equiparar la «Circulación VMP (Vehículos de Movilidad Personal)» a la circulación de bicicletas, pero además con algunas prohibiciones adicionales. Los patinetes eléctricos deben atender a las mismas normas de circulación, posición en la vía y prioridades de paso que las bicicletas.
Normas de circulación de los vehículos VMP
De esta manera, y en relación a los mencionados patinetes eléctricos, se establece que los vehículos VMP de tipo A deben circular, de forma preferente y por el siguiente orden:
- Por los carriles bici que se encuentran situados a cota de calzada. No pueden superar los 20 km/h que se establecen como velocidad máxima para las bicicletas. Además, deben cumplir con las mismas condiciones que se establecen para estas en el apartado 33.a de la Ordenanza.
- En carriles bici que se encuentran debidamente señalizados sobre las aceras o en su defecto en las aceras bici. Deben hacerlo a una velocidad que no podrá superar los 15 km/h. Deben tener en cuenta las condiciones que vienen determinadas en el artículo 33.c de la nueva normativa.
- Por la calzada de ciclocalles y vías que sean de sentido único y en las que esté establecida una limitación de velocidad a 30 km/h. Teniendo en cuenta las condiciones que se indican en el artículo 33.b y no pudiendo circular a velocidad anormalmente reducida.
- Por aquellos carriles que se encuentren debidamente señalizados a una velocidad de 30 km/h en calzadas que cuentan con varios carriles de circulación. Deben tenerse en cuenta las condiciones establecidas en el artículo 33.b. No se podrá circular a una velocidad anormalmente reducida.
- En calles residenciales, zonas 30 y zonas de coexistencia con otros tipos de usuarios según lo marcado por el artículo 33.d.
- Por calles peatones circulando a una velocidad moderada. Se considera como tal la misma que puede llevar una persona a pie y no sobrepasando en ningún caso los 10 km/h. Además, se debe cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33.d.
- En el Monte Público de la Devesa de l’Albufera de València, en el Parque Natural de l’Albufera. También en parques, jardines y sendas ciclables. Se debe circular a una velocidad máxima de 10 km/h y seguir las condiciones marcadas por el artículo 33.e.
Por otro lado, los VMP de tipo B deben circular por las mismas zonas y en las mismas condiciones que los anteriores. No obstante tienen con la prohibición de circular por calles peatonales. Este tipo de vehículos VMP de tipo B son aquellos que tienen unas mayores dimensiones y una potencia mayor.
En ambos casos se prohíbe circular con los MVP por las aceras. Los usuarios deben cumplir con idénticas condiciones a las que se establecen para las bicicletas en el artículo 33.c.
Dónde estacionar los vehículos VMP
Los patinetes eléctricos y resto de vehículos VMP que sean de propiedad privada pueden estacionarse en los espacios acondicionados para el aparcamiento de bicicletas.
No obstante, en el caso de que no haya ningún aparcamiento libre para ellos en un radio de 50 metros, se permite su estacionamiento en otros lugares de la vía pública. Para ello se rigen por las las mismas condiciones que la Ordenanza de Movilidad marca para las bicicletas.