El Seprona desmantela la mayor red de caza furtiva en Andalucía

El Seprona de la Guardia Civil ha desarticulado una empresa fantasma que se dedicaba a la comercialización de la caza furtiva a personas del extranjero y otras provincias españolas. Se estima que ha podido lucrarse con más de un millón de euros.

El Juzgado de Instrucción número 1 de Motril inició la apertura de la investigación hace más de un año, con el objetivo de esclarecer una trama de furtivismo en la provincia de Granada. Desde entonces, se ha indagado en la actividad de una empresa fantasma que se dedicaba a organizar monterías ilegales.

En ellas eran partícipes cazadores furtivos que buscaban principalmente machos cabríos, ya que sus cornamentas tienen alto valor en el mercado. Fruto de la operación policial se ha detenido a una persona, que se encuentra en libertad con cargos, y hay otras 21 investigadas.

El Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de Granada detectó hace más de un año la presencia de cazadores furtivos que mataban machos monteses sin tener precintos, o lo que es lo mismo, sin las etiquetas que acreditan la legalidad en la actividad de caza. Tras la apertura de la investigación, que se mantiene abierta, se encontraron con la mayor red de caza furtiva en la historia de Andalucía.

VENTA DE SAFARIS POR COTOS ANDALUCES

El Seprona pudo detectar la existencia de una empresa fantasma sin registro mercantil, la cual anunciaba sus servicios por Internet. No obstante, la mayor captación de clientes la llevaba a cabo a través de su presencia en ferias de caza a nivel nacional e internacional. En estas citas vendían cacerías de machos cabríos a un elevado precio e incluso vendían safaris por diferentes cotos andaluces.

De hecho, un cliente estadounidense llegó a contratar uno de estos safaris, que consistía en cuatro días por varios cotos andaluces y que le costó más de 30.000 euros.

BATIDAS A PARTIR DE 2.000 EUROS

El coste de un día de caza en estas batidas para la caza de machos monteses supera los 2.000 euros. En función de los trofeos obtenidos, las cornamentas de los animales, la cifra final puede incrementarse incluso en varios miles de euros.

Una cornamenta de tamaño normal de cabra salvaje tiene un precio adicional cercano a los 1.000 euros, mientras que una cornamenta de gran tamaño puede alcanzar un sobrecoste de unos 6.000 euros.

Los clientes que contrataban estas monterías lo hacían siendo engañados, ya que creían que todo se ajustaba a la legalidad. Para que hubiera sido de esta manera, la empresa debería haber dispuesto de los precintos que acreditasen la misma, debiendo tener uno por cada pieza cazada.

En el paquete de servicios ofrecidos a sus clientes incluía viaje, alojamiento y la correspondiente montería.

Sin embargo, la empresa fantasma actuaba de manera fraudulenta. Lo que hacía era reutilizar los precintos o incluso prescindir de ellos en los animales cazados. Por ello, no tenían los permisos oportunos para la caza de los machos cabríos.

La Guardia Civil desarticula la mayor trama de caza furtiva en la historia de Andalucia
La Guardia Civil ha detenido a una persona, que está en libertad con cargos, e investiga a otras 21 personas.

EL SEPRONA HA ENCONTRADO ARMAS ILEGALES EN LOS REGISTROS

Los agentes del Seprona han practicado diferentes registros. En ellos se han intervenido armas legales e ilegales, así como cornamentas y dinero.

Las primeras estimaciones realizadas por los investigadores apuntan a que la empresa fantasma ha podido generar beneficios superiores al millón de euros. Por esta razón, se abrirá una pieza separada del caso para investigar un presunto delito de blanqueo de capitales.

UN NEGOCIO MILLONARIO

El furtivismo mueve en la provincia de Granada elevadas cantidades de dinero. Sus zonas de mayor incidencia son Sierra Nevada, Órgiva y las sierras de Tejeda y Almijara. No obstante, en este caso, la empresa fantasma también hacía uso de cotos localizados en Málaga y Jaén.

De media, el número de cazadores furtivos que son detenidos anualmente en Granada es de entre 30 y 40, una prueba de la gran incidencia de la caza furtiva en la provincia andaluza.

A nivel nacional, el número de licencias de caza se ha reducido en más de un 60% en los últimos 25 años. Pese a ello, más de 850.000 licenciados en toda España salen a cazar, a los que hay que sumar los furtivos y sin licencia. En total, podría haber cerca de 2 millones de personas que practican esta actividad, ya sea de forma legal o ilegal.

Gran parte del territorio nacional es coto de caza. Pese a ello, muchos cazadores, de forma ilegal, matan animales en zonas en las que está prohibido y en las que no cuentan con la correspondiente autorización.

SANCIONES POR FURTIVISMO

En el año 2004 entró en vigor el artículo 335 del Código Penal, en el que la caza furtiva es considerada un delito. Además, tanto el artículo 334 como el 336 se encuentran relacionados con la caza y la pesca.

En el artículo 334 se establecen las sanciones para aquellas personas que cacen, pesquen, adquieran, destruyan o posean especies protegidas de fauna silvestre. También para quienes trafiquen con ellas o sus partes o realicen alguna actividad que impida o dificulte su reprodución o migración.

En este tipo de casos la pena de prisión es de 6 meses a 2 años o multa de 8 a 24 meses. Además, lleva asociada una inhabilitación del derecho a cazar por tiempo de 2 a 4 años. La pena se impone en su mitad superior en especies o subespecies que estén en peligro de extinción.

CAZA DE ESPECIES EXPRESAMENTE PROHIBIDAS

El artículo 335 del Código Penal añade las penas para quienes cacen o pesquen especies diferentes de las indicadas en el artículo anterior cuando se encuentre expresamente prohibido. En ese caso la pena es de 8 a 12 meses y una inhabilitación para la actividad de entre 2 y 5 años.

De igual manera, también hace referencia a la caza o pesca sobre especies diferentes a las indicadas en el artículo anterior en terrenos públicos o privados ajenos, que tengan un régimen cinegético especial, sin el correspondiente permiso o autorización. Para estos casos, los castigos son pena de multa de 4 a 8 meses e inhabilitación por tiempo de 1 a 3 años. Además, habría que sumar las penas correspondientes por la comisión del delito, indicadas en el párrafo anterior.

La pena en este caso se impondrá en su mitad superior cuando estas conductas se realicen en grupos de tres o más personas. También si se utilizan medios prohibidos legal o reglamentariamente.

De acuerdo a lo establecido por el Código Penal, la pena de multa a la que se hace referencia puede ser de entre 2 y 400 euros diarios.