Caamaño (PSOE) en 2010, Gallardón (PP) en 2013, Catalá (PP) en 2017… Todos ellos son ministros que han tratado de modificar la Ley de Enjuiciamiento Criminal para intentar que los jueces no sean los que se hagan cargo de la fase de instrucción de las causas penales. Lo que en diferentes momentos han propuesto era que esta fuera una tarea llevada a cabo por los fiscales. Y lo mismo ha declarado querer hacer Campo, el ministro de Justicia del nuevo gobierno de Sánchez.
Las intenciones son que la modificación se haga efectiva antes de que finalice este año, pero todo parece indicar que el gobierno no lo va a tener nada fácil. Si algo tienen en común todos los intentos fallidos anteriores es que desde la oposición siempre se ha criticado la iniciativa.
Esto, en opinión de Arturo González, abogado penalista de Dexia Abogados, responde a que “en las legislaturas anteriores nos encontrábamos con el afamado bipartidismo, que hacía prácticamente imposible introducir cambios legislativos, debido al confrontamiento que se daba entre los dos partidos que estaban al frente del Congreso”. Sin embargo, continúa González, “hoy, la diversidad de formaciones políticas puede suponer un fortalecimiento de la idea de legislar sobre el procedimiento penal de nuestro Ordenamiento Jurídico”.
Además, y a diferencia de las anteriores ocasiones, lo que en la actualidad se propone es una reforma parcial, y no a nivel global, centrada mucho más en la parte más pragmática de los procesos.
¿Qué implica esta decisión?
La actual Ley de Enjuiciamiento Criminal, que regula esta cuestión, data de 1882. No es extraño que puedan ir surgiendo propuestas de modificación como esta con el paso de los años. Sobre todo, teniendo en cuenta que en este sentido España es una excepción: otros países de la Unión Europea, como Alemania, Suiza, Francia, Portugal o Italia ya le otorgan esta responsabilidad a los fiscales.
Sin embargo, una razón de peso a la hora de dificultar la modificación legislativa puede ser la propia separación de poderes, regulada en nuestra Constitución Española. A este respecto, González recuerda que, al fin y al cabo, “el poder judicial ha de ser totalmente independiente del legislativo, por lo que no debe interferir en sus funciones”. Aunque reconoce, también, que “para que uno funcione, el otro tiene que establecer unas bases mínimas”.
En cuanto a las implicaciones que sobre los procedimientos penales tendría esta modificación en caso de aprobarse, González destaca tres como las más importantes:
- “Tendríamos una fase de investigación más autónoma y eficaz.
- La figura de la presunción de inocencia tendría mayor peso que hoy en día.
- La fase de instrucción o investigación sería mucho más ágil.”
En definitiva, el abogado penalista asegura que estaríamos ante un nuevo sistema de enjuiciamiento criminal “más globalizado, a la altura de otros sistemas donde la fase de investigación dista mucho de lo que podemos encontrarnos hoy en día en España”.
La opinión de jueces y fiscales
Realmente interesante es conocer también la opinión que de esta propuesta tienen los jueces y fiscales de nuestro país. En general, lo que se sostiene es que el cambio es necesario, pero que mucho más importante que hacerlo pronto es hacerlo bien.
Entrando más en detalle, encontramos algunas discrepancias o propuestas discordantes. Por ejemplo, respecto al nombramiento del fiscal general del Estado, que ahora mismo depende del gobierno. Mientras algunos expertos sostienen que debería depender del Parlamento, otros defienden que ha de ser un nombramiento totalmente independiente del gobierno que haya en cada momento, para garantizar que dure más tiempo que el propio ejecutivo.
Por otra parte, la mayoría de voces coinciden en que serían necesarios cambios adicionales para que la modificación legislativa tuviera sentido. Así, se reclama, entre otras cuestiones, un aumento considerable de la plantilla y un reforzamiento de la independencia de la Fiscalía.