Andalucía establece medidas para la atención no presencial a personas con adicciones en tratamiento

La Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía ha dictado una serie de medidas para «dar continuidad» a la prestación que se realiza en los Centros de Tratamiento Ambulatorio (CTAs) en el ámbito de las drogodependencias y adicciones, como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus Covid-19, que incluyen servicios de intervención no presencial por parte de los profesionales que los prestan.

Así se recoge en una orden, consultada por Europa Press y firmada por el consejero de Salud y Familias, Jesús Aguirre, que surte efectos desde este lunes, 6 de abril, con su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Los Centros de Tratamiento Ambulatorio (CTAs) constituyen, en materia de drogodependencias, el «primer nivel de atención de los problemas derivados por las adicciones», y se dedican a la «prevención, orientación, desintoxicación, deshabituación, rehabilitación y reinserción social, en régimen abierto, de las personas con este tipo de problemas». Se constituyen en recursos de atención primaria y, en caso de ser necesario, derivan a recursos de segundo nivel.

De esta manera, la orden establece una serie de medidas para «facilitar la continuidad de la prestación en los Centros deTratamiento Ambulatorio (CTAs), a personas con adicciones», que estarán en vigor «hasta la finalización del estado de alarma» decretado por el Gobierno central para frenar la expansión del coronavirus Covid-19.

Para ello, la dirección de los CTAs «garantizará la continuidad de las intervenciones de forma no presencial», para lo cual, cada uno de esos centros «pondrá a disposición de sus equipos profesionales los medios necesarios, telefónicos o digitales, para que puedan establecer contacto directo con las personas que están siendo atendidas en dichos centros, así como con sus familias».

Igualmente, «se utilizará preferentemente como medio de comunicación con las personas con problemas de drogodependencias y adicciones atendidas en los centros y sus familias, además de la atención telefónica, la videollamada para favorecer el contacto visual, en caso de ser posible».

No obstante, la orden puntualiza que estos centros de tratamiento «adaptarán, en la medida de lo posible, los canales de comunicación establecidos a las necesidades de cada persona que esté siendo atendida o que demande atención en dichos centros, de manera que, para aquéllas que no dispongan de acceso a medios digitales o telefónicos, se articule la medida que se considere más adecuada».

Las intervenciones grupales, «en caso de realizarse, se harán mediante videoconferencia», determina también la orden, que precisa que la facturación y abono de las prestaciones se realizará «siguiendo el procedimiento establecido en los correspondientes pliegos que rigen la contratación en la forma que se viene realizando en la ejecución del contrato, independientemente de que la atención se haya realizado por medios telemáticos, digitales, telefónicos o presenciales».

Por otro lado, desde la Consejería de Salud y Familias se establece que el personal de los CTAs que acuda a los mismos, «bien porque sean centros con dispensación de metadona, bien por realizar alguna prestación presencial o por cualquier otra circunstancia, deberán seguir estrictamente las medidas preventivas recomendadas por las autoridades sanitarias para la contención de la epidemia» del coronavirus.

La Consejería justifica esta orden «ante la necesidad de garantizar la asistencia a las personas con problemas de drogodependencias y adicciones atendidas» en dichos Centros de Tratamiento Ambulatorios, y «evitar cualquier perjuicio que en la continuidad del tratamiento ya iniciado pudiera ocasionarse, contemplando las garantías de seguridad para la salud tanto de las personas que los prestan como de aquéllas que los reciben, así como minimizar el perjuicio que supondría la interrupción de la prestación que se realiza en dichos centros».