miércoles, 11 diciembre 2024

El Gobierno andaluz abordará hoy la inscripción como BIC de los cines Cervantes, Llorens y Trajano de Sevilla

El Consejo de Gobierno de Andalucía lleva este miércoles en el orden del día aprobar el proyecto de decreto por el que se inscribirán en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural (BIC), con la tipología de monumento, el actual cine Cervantes, la antigua sala X de la calle Trajano y el antiguo cine Llorens, los tres en Sevilla capital.

En mayo de 2019 se abrió el periodo de consulta y alegaciones respecto al expediente promovido por la Junta para declarar los cines como BIC. La incoación de dicho expediente deriva de que tales espacios «estuvieron dedicados desde su construcción para las primeras proyecciones del cinematógrafo en Sevilla y pertenecen a una larga lista de edificios teatrales y de espectáculo que se construyeron para tal fin entre los siglos XIX y XX», extremo que implica un «valor patrimonial».

El inmueble del Cine Cervantes se inauguró en 1873 como Gran Teatro Cervantes y fue reformado en los años 50 del siglo pasado por los arquitectos Alberto Balbontín y Antonio Delgado-Roig, para actualizar su funcionalidad a los requerimientos de una gran sala de proyección cinematográfica. En este edificio, según la Consejería de Cultura, confluyen valores patrimoniales por su pertenencia al conjunto de espacios escénicos que conformaron un eje lúdico-cultural que vertebró la ciudad de Sevilla de finales del siglo XIX y la primera mitad del siglo XX.

«El edificio se ha conservado con escasa alteraciones desde mediados del siglo XX, se trata de la única gran sala de cine que permanece abierta en la ciudad y es un referente identitario de Sevilla», esgrimen los técnicos de Cultura para la protección de este emblemático cine.

En cuanto al inmueble que albergó el Cine Llorens, construido a partir del antiguo Teatro Llorens, obra de José Espiau y Muñoz, es un «ejemplo singular desde el punto de vista tipológico y ejemplo significativo de la arquitectura del regionalismo». La cualidad patrimonial del Cine Llorens se completa con valores históricos y etnológicos, pues acogió la primera proyección de cine sonoro en Sevilla el 9 de enero de 1930, además de ofrecer una variada programación de espectáculos teatrales, zarzuelas y variedades en general, y también fue un foro de pensadores y personajes de la vida política sevillana y española.

Respecto al antiguo cine X de la calle Trajano, despojado de su emblemático cartel allá por 2014, fue construido originalmente como Salón de Variedades Lido y el edificio destaca por su «indudable calidad arquitectónica», al ser obra del arquitecto regionalista Aníbal González.

«El Cine Trajano es un inmueble con un valor histórico que dimana de las actividades y hechos albergados en él», al haber funcionado como salón de variedades entre 1923 y 1936, como cárcel improvisada durante la Guerra Civil –donde estuvo preso Blas Infante hasta su salida para ser fusilado–, y como sala de cine que asumió un papel singular en la ciudad, al albergar sesiones de cine de «Arte y Ensayo» en los años finales de la dictadura y la Transición, para posteriormente orientarse al cine erótico.

MODIFICACIONES URBANÍSTICAS

El Ayuntamiento hispalense se vio obligado en 2014 a modificar la calificación de suelo de interés público y social (SIPS) que regía en el Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de 2006 para los cines Alameda, Avenida y Cervantes, como consecuencia de las acciones judiciales emprendidas por los dueños de tales fincas.

Y es que tras los correspondientes litigios, el Tribunal Supremo falló en favor de estos propietarios, ordenando que estos edificios dejasen de estar destinados al equipamiento público social, para recuperar su protección como meros edificios de «centro histórico», tal y como recogía el PGOU de 1987.

Ya en 2018, y a través de una sentencia recogida por Europa Press, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desestimaba por cierto un recurso promovido contra tal modificación puntual del PGOU de 2006 derivada de las resoluciones del Supremo, avalando así la decisión del Ayuntamiento de no incluir en esta modificación el antiguo cine Llorens y que el mismo conservase su calificación como suelo de interés público y social.