La Audiencia de Castellón mantiene libre a un profesor acusado de abusos

La sección primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha desestimado la petición del fiscal y de la acusación particular de revocar la libertad provisional a un profesor de gimnasia acusado de abusar de varias menores de 16 años después de que en un auto del pasado 12 de mayo acordase modificar su situación de prisión provisional y sustituirla por prisión eludible bajo fianza de 10.000 euros.

Tras dicho auto, el ministerio fiscal y la acusación particular presentaron recursos para que se revocase dicha resolución y se procediese a mantener la situación personal de prisión provisional, comunicada y sin fianza del acusado y, para el caso de su puesta en libertad provisional, se estableciera una fianza de 30.000 euros.

La Sala ha acordado rechazar los recursos en cuanto a estas cuestiones, aunque sí ha estimado añadir, cuando cese el estado de alarma por el coronavirus, la medida de prohibición al acusado de residir y/o acceder a la provincia de Castellón hasta la celebración del juicio, con traslado del mismo a un domicilio designado en un municipio de la provincia de Barcelona, donde cumplirá el resto de medidas acordadas, debiendo presentarse semanalmente ante un juzgado.

El Tribunal asegura no compartir los argumentos invocados porlas acusaciones pública y particular recurrentes para sostener elmantenimiento de la medida cautelar de prisión provisional del acusado. Estas partes sostenían la ausencia de motivación suficiente para la adopción de la medida de reforma y que se mantienen los requisitos legales para la prórroga de la prisión provisional como medida de aseguramiento de la celebración del juicio y, en especial, de protección de las víctimas.

La Audiencia de Castellón, tal y como señalaba en la resolución ahora recurrida, asegura que se parte de que las circunstancias que se tuvieron en cuenta para adoptar aquella medida han variado «notoriamente», siendo «primordial» el largo tiempo que lleva en prisión provisional el acusado, con la disminución del riesgo de sustraerse de la acción de la Justicia que conlleva el transcurso del tiempo, a lo que se añaden las dificultades que pueden derivar para su enjuiciamiento el coronavirus, que ha motivado la suspensión de juicio que estaba señalado para el mes de junio de este año y que en el momento actual «no puede asegurarse la fecha de su celebración».

BIENES JURÍDICOS DE LAS VÍCTIMAS

La Sala subraya que, aunque sucedieron los hechos cuandolas víctimas eran menores de edad, en la actualidad la práctica totalidad de ellas son mayores de edad, desconociendo el acusado la identidad de los tres testigos protegidos. Además, señala que la protección de los bienes jurídicos de las víctimas quedarían suficientemente garantizados con la adopción de otras medidas menos excepcionales que la prisión provisional, como lo son la prohibición de salida y/o abandono de su domicilio durante el tiempo que dure el estado de alarma.

De la misma manera, y una vez cesado el estado de alarma, la Audiencia de Castellón considera «suficientes y proporcionadas» para dar cumplimiento a los fines perseguidos el mantenimiento de la prohibición de salida del territorio nacional con retirada del pasaporte y la prestación de comparecencias los lunes de cada semana ante el Juzgado de Instrucción del partido judicial donde radicará el nuevo domicilio del acusado.

Añade que aunque se estimó bastante para dar protección a las víctimas la prohibición de aproximación y comunicación establecidas en la resolución recurrida, ante la conjunta petición de las partes -acusaciones pública y particular y defensa del acusado- de que se añada a aquellas medidas otra consistente en la prohibición de residir y/o transitar por la provincia de Castellón hasta la celebración del juicio, la Sala estima en parte los recursos en este aspecto particular.

La abogada de la acusación particular, Eva Marín, ha valorado «positivamente» la estimación de la petición de la medida de prohibición al acusado de residir y/o acceder a la provincia de Castellón hasta la celebración del juicio, aunque considera que la misma es «insuficiente», y mantiene que el acusado debería permanecer en prisión provisional.

La fiscalía solicita para el acusado 28 años de prisión por abusos sexuales continuados a cinco menores, mientras que la acusación particular -representante de tres víctimas- pide también 28 años de cárcel por el mismo delito sobre tres menores, ya que además considera que se ha producido un delito de vejaciones injustas, según ha apuntado la letrada.