domingo, 15 diciembre 2024

Podemos rebaja la petición de pena para el exDAO Eugenio Pino

La Acusación Popular que ejerce Podemos ha rebajado este viernes la pena que pide para el exdirector adjunto operativo (DAO) de la Policía en el Gobierno de Rajoy, Eugenio Pino, de 10 años y medio a 6 años y medio de cárcel al entender que el delito de estafa procesal fue en grado de tentativa. Para el subordinado del exDAO, Bonifacio Díez Sevillano, reduce la petición de pena a 5 años al eliminar el delito de falso testimonio.

En el último día de juicio oral contra Pino y Díez Sevillano en la Audiencia Provincial de Madrid por la obtención y custodia de un pendrive con datos de la familia Pujol, que se trató de incorporar a la investigación de la Audiencia Nacional sobre su patrimonio, tanto la acusación particular de Pujol Ferrusola como Podemos han mantenido además la acusación de revelación de secretos al entender que ambos «cedieron datos reservados de carácter personal cobijados en ficheros informáticos».

En concreto, el abogado de Pujol Ferrusola, Cristóbal Martell, ha elevado a definitivas sus conclusiones tras la declaración de testigos y acusados, y mantiene por tanto la petición de dos años y medio de cárcel para cada uno por esa revelación de secretos.

Sostiene que el pendrive con datos personales de su patrocinado llegó al exDAO en 2015, y que este encomendó a Díez Sevillano, adscrito a la DAO, que lo trasladara a la Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) para incorporarlo a la causa contra los Pujol, a sabiendas del origen ilícito y apuntando falsariamente a que la procedencia era una entrada y registro en las oficinas de la agencia de detectives Método 3.

Sin embargo, el Ministerio Fiscal, como ya hizo en su escrito de conclusiones preliminares, entiende que «no queda acreditado que los acusados supieran del contenido» del pendrive y que tampoco queda acreditado que hubiera «concierto previo para introducir una prueba de origen falso en un procedimiento judicial». Por ello mantienen la petición de libre absolución de ambos.

LAS ACUSACIONES SE BASAN EN «MERAS SOSPECHAS»

El Ministerio Fiscal ha apuntado este viernes antes de que quedara visto para sentencia que las acusaciones se basan en «meras sospechas». Además, ha dado por posible la tesis de la defensa de Pino, quien en su declaración deslizó que él recibió un pendrive del jefe de Asuntos Internos, Marcelino Martín-Blas en 2012 ó 2013 y que no trasladó ninguna memoria USB en 2015 a la UDEF.

«No queda acreditado que sea el mismo USB que se entregó a la DAO. No hay pericial que diga que es el mismo que llega al final» del procedimiento, ha apuntado el fiscal, para añadir que tampoco ha quedado acreditado que el origen de los archivos contenidos en el pendrive procedan de ordenadores de Pujol Ferrusola.

En su informe, el fiscal ha indicado que tampoco queda acreditado que hubiera concierto entre ambos, que conocieran el contenido del mismo, o que supieran si tenía un origen ilícito. Además, ha afeado a las acusaciones no haber justificado suficientemente los delitos que imputan y subraya que ni hay falso testimonio ni hay estafa procesal: «son interpretaciones».

Y en cuanto al delito de revelación de secretos, sostiene que la acción de ceder a terceros no se da, porque lo que hay es un «traslado» de información entre unidades policiales, y no a terceros como pudiera ser un medio de comunicación. «Por todo ello, ratificando el informe preliminar, no quedan acreditados los hechos y no concurren los delitos(..). Solicito la absolución de los acusados», ha concluido.

DATOS RESERVADOS DE CARÁCTER PERSONAL

Pero para la acusación particular, sí que se dio una cesión de datos reservados de carácter personal dado que el objeto material es «la copia ilícita de la vida universal informática de Jordi Pujol Ferrusola de 1997 a 2002». Y añade que contenía viajes vacacionales, regalos de navidad, pésames y cartas personales, entre otros.

Al hilo, ha recordado que este extremo es «patentizador de que aquel objeto material constriñe el artículo 197» del Código Penal relativo a secretos por intimidad. Y ha avisado de que la vida económica también se considera parte del concepto de intimidad.

Además, tras fundamentar el delito ha apuntado que es un hecho probado que Díez Sevillano dio el pendrive al jefe de la UDEF Manuel Vázquez –algo que confirmó éste último en la sesión del jueves–, y ha apuntado que de hecho cuando desde esta unidad tratan de hallar el origen de la memoria USB escriben un correo a Díez Sevillano con la siguiente frase: «No hace falta que digas como lo conseguiste, di sólo de dónde viene».

Asimismo, ha argumentado que tanto Pino como Sevillano conocieron lo que había en el pendrive, y por tanto hay elemento de conocimiento del origen ilícito puesto que ese tipo de información o se consigue por medio de un juez o «no se puede tener».

UN SOLO PENDRIVE Y UN MAIL DIRIGIDO A DÍEZ SEVILLANO

De la misma forma, la acusación popular han puesto el acento en sus informe final en que durante todo el proceso sólo hubo un único pendrive, que el origen del mismo «sólo puede ser ilícito» y que queda probado que tanto Pino como Bonifacio Díez mintieron ante el Juzgado Central de Instrucción dado que los investigadores mandaron mail a este último cuando el juez que instruye el ‘caso Pujol’ les pidió saber el origen del mismo.

Además, ha reprochado a Fiscalía que mantenga que no queda probada la autoría cuando las carpetas analizadas en el informe de la UDEF y las del pendrive difieren sólo en una carpeta. «Pino no ha explicado nada del origen y eso es evidencia de que es ilícito», ha argumentado para luego subrayar que el que fuera el número dos del exministro Jorge Fernández Díaz «ha cambiado hasta cuatro veces sus explicaciones».

Por su parte, las defensas, que han comenzado sus alegatos diciendo que se adhieren a lo manifestado por la Fiscalía, han mantenido que en este caso no ha habido revelación de secretos sino que sólo ha habido «una ruptura de la cadena de custodia» dado que ese pendrive desapareció y volvió a encontrarse dos años después en un cajón de la UDEF.

Además, María Ponte, letrada de Díez, ha apuntado que la Policía tiene la potestad de investigar toda información que le llegue, y en este caso «el traslado se hace por el conducto reglamentario» sin conocer si el origen era ilícito. «Entiende –su cliente– que viene derivada de una entrada y registro de Método 3, cree que viene de un tema judicializado, lo deduce y no lo afirma», ha añadido.

DUDAN DE SI LA INFORMACIÓN ERA DE PUJOL FERRUSOLA

En este sentido, ha aseverado que su cliente nunca llegó a recibir un mail de la UDEF preguntándole por el origen del pendrive con información de los Pujol, y ha indicado que sospecha que los documentos incluidos en las carpetas de la memoria USB no sean realmente de Pujol Ferrusola.

Por su parte la defensa de Pino ha apostillado que no es un hecho controvertido que el origen del pendrive sea desconocido, que esto no quiere decir que sea ilícito, y ha añadido que no es necesario el consentimiento del titular de los datos para que la Policía investigue. Con todo, ha recordado que su patrocinado no conoció los datos, no tuvo acceso al pendrive y por lo tanto «no hizo uso de algo que no conocía».

Tras los informes, Díez Sevillano ha hecho uso de la última palabra para aclarar que no ha sido responsable de lo que le acusan y que nunca ha sido titular de la cuenta de correo a la que le escribieron desde la UDEF preguntándole por el origen del pendrive.