domingo, 15 diciembre 2024

El Gobierno de Navarra aprueba el sexto paquete de medidas frente al Covid-19

El Gobierno de Navarra ha aprobado, en su sesión de este miércoles, el sexto Decreto Ley-Foral que recoge un paquete de medidas en la lucha contra los efectos de la pandemia del Covid-19 y que recoge, en materia fiscal, medidas en favor de la conciliación, la digitalización y la fiscalidad verde.

Este paquete de medidas ha sido presentado este miércoles en la rueda de prensa posterior a la sesión de Gobierno por el portavoz del Ejecutivo, Javier Remírez, y la consejera de Economía y Hacienda, Elma Saiz, quien ha afirmado que el decreto busca «ofrecer medidas útiles para los colectivos que se han visto dañados por los efectos de la pandemia» e incluye «proyectos de presente y de futuro» que van a formar parte del Plan Reactivar Navarra.

Ha destacado, además, que todos los grupos parlamentarios «han participado en la confección de estas medidas» y se han comprometido a «no votar en contra» cuando el texto llegue al Parlamento de Navarra para su convalidación. En este sentido, la consejera ha señalado que Navarra Suma va a votar a favor de este DLF ya que incluye cuatro de sus propuestas. Igualmente, ha señalado que el documento recoge propuestas de EH Bildu.

Saiz ha puesto en valor el «trabajo de diálogo» del Gobierno foral y ha asegurado que la ciudadanía demanda «medidas concretas» y no «ruido político de confrontación.

DEDUCCIÓN A TRABAJADORES DEL HOGAR E IMPULSO A LA DIGITALIZACIÓN

Respecto a medidas favorables a la conciliación, se aprueba el incremento para el IRPF de 2020 de la deducción por la contratación de personas trabajadoras en el hogar para el cuidado de descendientes, ascendientes, otros parientes y personas discapacitadas. De este modo, la deducción se eleva del 25% al 100%.

Respecto al impulso de la digitalización, con el objetivo de apoyar la transformación digital de las pequeñas empresas y personas que desarrollen actividades empresariales y profesionales, se establece una deducción del 30% en la cuota del Impuesto sobre Sociedades, o en su caso del IRPF, de los gastos e inversiones efectuados en el año 2020 destinados a la transformación digital de la empresa y a la implantación del comercio electrónico. Esta medida contempla un límite en la base de deducción situado en los 5.000 euros.

Además, en materia de fiscalidad verde, el DLF elimina el límite de deducción por inversiones en instalaciones de energías renovables. Así, se establece que la deducción ya existente por inversiones en este tipo de instalaciones, tanto en Impuesto sobre Sociedades como en IRPF, se aplicará desde el periodo impositivo 2020 sin sujeción al límite del 25% de la cuota líquida.

También en materia fiscal, el Decreto Ley Foral contempla medidas en relación con la lucha contra el fraude como la ampliación del plazo de publicación del listado de deudores hasta el 1 de octubre o la habilitación para regular actuaciones mediante videoconferencias en inspecciones y otros procedimientos tributarios.

En otro orden de cosas, siguiendo en clave tributaria, aquellas sociedades que no hayan podido aprobar sus cuentas anuales con anterioridad a la finalización del plazo de declaración del Impuesto sobre Sociedades deberán presentar una declaración con las cuentas anuales disponibles en ese momento. Posteriormente, cuando sus cuentas anuales sean aprobadas, se deberá presentar, en su caso, una nueva declaración, con fecha tope 30 de noviembre de 2020, que complemente la anteriormente presentada sin aplicación de intereses de demora ni recargo por presentación extemporánea.

También se contemplan otras cuestiones fiscales relativas al plazo para presentar las cuentas de las Fundaciones, la suspensión de facturas de electricidad, gas natural y productos derivados del petróleo y el seguro colectivo gratuito para personal sanitario. Esta última medida se traduce en la exención en IRPF y en el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de las prestaciones percibidas por el personal sanitario por contingencias de enfermedad y fallecimiento por causa del COVID-19 derivadas del seguro colectivo gratuito suscrito para dicho colectivo por las entidades aseguradoras a través de la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA).

2 MILLONES PARA EL TRANSPORTE INTERURBANO DE VIAJEROS POR CARRETERA

En materia de transporte, el Ejecutivo foral ha aprobado destinar dos millones de euros para compensar el déficit incurrido en el sector del transporte interurbano de viajeros por carretera durante la vigencia del estado de alarma, periodo en el que ha sufrido una «caída abrupta» en la demanda del 95%

Esta compensación económica a las empresas prestadoras de estos servicios de transporte se establece como consecuencia de «la reducción extraordinaria de ingresos ocasionada por una menor demanda de servicios por parte de la ciudadanía ante las limitaciones establecidas a la movilidad y por las restricciones impuestas respecto a la ocupación de los vehículos para procurar la debida separación entre personas usuarias». De igual modo, también se ha tenido en consideración el incremento de los costes a los que han tenido que hacer frente debido a la desinfección diaria de los vehículos.

MEDIDAS PARA AUTÓNOMOS DEL SECTOR CULTURAL

El Decreto-Ley Foral contiene una medida que reconoce la intermitencia en el desarrollo de las actividades profesionales del sector cultural.

Los trabajadores autónomos que no hubieran estado de alta en el IAE de Navarra, el régimen correspondiente de la Seguridad Social, o en una mutualidad de previsión social en la fecha de la declaración del estado de alarma el pasado 14 de marzo o posteriormente, tendrán acceso a la ayuda de 700 u 800 euros por reducción de facturación siempre que hubieran estado dados de alta al menos cuatro meses o 120 días en los doce meses anteriores a la declaración del estado de alarma.

En concreto, se trata de los trabajadores encuadrados en los códigos de la CNAE 2009: 5912 (actividades de postproducción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión), 5915 (actividades de producción cinematográfica y de vídeo), 5916 (actividades de producciones de programas de televisión), 5920 (actividades de grabación de sonido y edición musical) y entre el 9001 y el 9004 ambos incluidos (artes escénicas; actividades auxiliares a las artes escénicas; creación artística y literaria; y gestión de salas de espectáculos).