El Ministerio de Igualdad ha creado el Consejo de Participación de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales (LGTBI) con la finalidad de «institucionalizar la colaboración y fortalecer el diálogo permanente entre las Administraciones Públicas y la sociedad civil en materias relacionadas con la igualdad de trato, la no discriminación por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género».
Según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) este sábado, el Consejo, que dependerá del Ministerio de Igualdad a través de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género también nace con el objetivo de reforzar la participación en todos los ámbitos de la sociedad de las personas LGTBI y sus familias.
Entre las funciones que desarrollará este nuevo órgano se incluye servir de marco de colaboración y coordinación estable que agrupe a actores implicados en materia LGTBI, analizar y poner en común propuestas relacionadas con las políticas LGTBI, exponer criterios y observaciones relativas a los proyectos, planes y programas de la Administración General del Estado o recibir información sobre programas y actividades que lleven a cabo la Administración, las comunidades autónomas y las administraciones locales en materia de políticas LGTBI, igualdad de trato, no discriminación y participación social de las personas LGTBI.
Además, deberá elaborar un estudio anual sobre la situación de las políticas LGTBI, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y canalizar propuestas, recomendaciones y observaciones relativas a aquellas iniciativas, planes y programas que puedan afectar a la integración social de las personas LGTBI inmigrantes, solicitantes de asilo o refugiadas, a iniciativa propia o cuando le sean requeridos por los órganos competentes de la Administración General del Estado.
El Consejo estará compuesto por una presidencia, cuyo titular será nombrado por la persona titular del Ministerio de Igualdad, a propuesta de la persona titular de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, entre personalidades de reconocido prestigio en el campo de la promoción de la igualdad de trato, la participación social y la lucha contra la discriminación de las personas LGTBI, siendo la duración de su mandato de tres años.
Además, se incluirá una Vicepresidencia Primera, ejercida por la persona titular de la Dirección General de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI, una Vicepresidencia Segunda, elegida por y entre las personas que ejerzan las vocalías designadas en representación de organizaciones y asociaciones y diez vocalías en representación de la Administración General del Estado, todas ellas ocupadas por personas con rango de, al menos, Subdirector General, en representación de departamentos ministeriales.
También se incluirán doce vocalías en representación de las fundaciones, organizaciones, asociaciones, federaciones o confederaciones del ámbito LGTBI, designadas para un período de tres años por la persona titular de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género a propuesta de las mismas, que cumplan unas condiciones determinadas.
La orden ministerial aclara que la creación y funcionamiento del Consejo de Participación de las Personas LGTBI no supondrán incremento de gasto público y serán atendidos con las dotaciones presupuestarias ordinarias del Ministerio de Igualdad. En ningún caso podrán suponer aumento neto de los gastos de personal al servicio de la Administración General del Estado.