Los ex diputados invocan en el juicio ante el TSJC su «inviolabilidad parlamentaria»

Las defensas de los ex miembros de la Mesa del Parlament juzgados este martes por presunta desobediencia han invocado ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) el derecho a la inviolabilidad parlamentaria de los procesados.

«Están protegidos por la inviolabilidad parlamentaria, que entendemos que es un reflejo de la protección de los derechos fundamentales», ha dicho el abogado de Anna Simó (ERC), Raimon Tomàs, también en referencia a los otros acusados en el juicio: Ramona Barrufet, Lluís Corominas, Lluís Guinó (JxSí) y Mireia Boya (CUP).

Todas las defensas se han adherido a este argumento en la fase de cuestiones previas del juicio, que ha empezado la mañana de este martes, y por el que los acusados se enfrentan a una condena de un año y ocho meses de inhabilitación por supuestamente desoír al Tribunal Constitucional (TC) y tramitar leyes favorables al proceso independentista.

Tomàs ha recalcado que la inviolabilidad parlamentaria está recogida en el Estatut, en la Constitución y en las normas europeas, y vinculada a los derechos de libertad ideológica, reunión y expresión; y sobre el procedimiento ha asegurado que «las actuaciones son nulas en derecho por haberse superado el límite de la jurisdicción».

La abogada de los miembros de JxSí, Judit Gené, se ha referido al mismo tema para asegurar que los acusados «lo único que hicieron fue garantizar los derechos fundamentales de libertad de expresión, la garantía institucional de separación de poderes y, en definitiva, el principio de autonomía parlamentaria» de la Cámara catalana.

«No piden inviolabilidad para su persona, piden inviolabilidad para la función que ejercían, que es una función parlamentaria», ha añadido Gené en su intervención.

Las tres defensas de los acusados en el juicio han presentado por separado las cuestiones previas que todos comparten: además de la inviolabilidad, han alegado que la Abogacía del Estado «carece de legitimación para ejercer la acusación en este procedimiento» y han rechazado la petición de la acusación popular –ejercida por Vox– de condenarles por un delito de organización criminal, si bien el partido ha retirado esta acusación al iniciar la primera sesión del juicio.

«NO CONCURRE» SEGÚN FISCALÍA

Al contestar a los argumentos de las defensas, el fiscal, Pedro Ariche, ha defendido la diferencia del voto parlamentario en el pleno al de los miembros de la Mesa: «La expresión de afirmación y opinión a través del voto, no concurre en la actuación de la Mesa, concurre en otros actos».

Considera que la Mesa tiene «una función gubernativa», y ha asegurado que no se les juzga por apoyar o no determinadas leyes, lo que no sería enjuiciable.

Ariche también ha reconocido que la garantía de inviolabilidad de la actuación parlamentaria es un derecho de los diputados, «pero no es un derecho ilimitado y no debe ser transgredido, utilizado contra los derechos a su vez igualmente importantes de otros diputados o una parte de la ciudadanía».

Ha mantenido que «lo contrario sería eliminar la teoría de separación de poderes y afirmar la prevalencia de uno de los poderes del Estado sobre los otros dos».

En la misma línea, la abogada del Estado Beatriz Vizcaíno ha defendido que la inviolabilidad parlamentaria se circunscribe a los votos y opiniones de los diputados al ejercer funciones parlamentarias y «no es absoluta e ilimitada».