La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha decidido desestimar la petición de hosteleros asturianos de suspender cautelarmente la resolución del Principado que obliga a cerrar locales a la una de la madrugada y prohíbe fumar en las terrazas. A juicio de los magistrados, «aunque puede admitirse la colisión de intereses» en este caso, el de proteger la salud pública está por encima del económico.
Los hosteleros habían alegado los perjuicios económicos que estas medidas podrían tener en sus negocios, pero el auto del Tribunal señala que «no cabe apreciar la irreparabilidad del perjuicio cuando se alega que tiene carácter económico, ya que en tales supuestos la vía indemnizatoria resulta perfectamente posible para permitir dar efectividad a la decisión que pudiera adoptarse».
Tampoco coincide el Tribunal con los hosteleros en su afirmación de que la medida no estaba debidamente justificada. Expresamente se justifica la proporcionalidad de las medidas», explica el Auto, al señalar la resolución del Gobierno que «durante las últimas semanas se ha incrementado en Asturias el número de casos y el número de brotes generados en el ámbito comunitario.
Agregan que «de una incidencia de 8,31 casos por 100.000 habitantes, en la última semana de julio se ha pasado a 16.03 casos en la primera semana de agosto».
Por tanto, entienden los magistrados que «las medidas se encuentran indiciariamente justificadas» y rechaza retirarlas, con lo que siguen vigentes todas las medidas restrictivas impulsadas desde el Ejecutivo autonómico.