Cantabria regula el procedimiento para cubrir sustituciones por Covid

La Consejería de Educación ha publicado hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la resolución por la que establece un procedimiento específico para realizar los llamamientos para cubrir vacantes sobrevenidas y sustituciones de tutores de Educación Infantil y de Educación Primaria por Covid-19.

En la resolución se modifica transitoriamente el procedimiento establecido en otra anterior del 6 de agosto para realizar los llamamientos para cubrir vacantes sobrevenidas, necesidades esporádicas y eventuales, y sustituciones de personal docente, durante el curso escolar, mediante nombramientos de funcionarios interinos.

La resolución se encuadra en el Protocolo General de Organización para el Desarrollo de la Actividad Educativa en la Comunidad Autónoma de Cantabria, acordado en relación con la crisis sanitaria.

Así, para garantizar la estabilidad de los grupos de convivencia en los centros, es necesario un procedimiento específico para realizar los llamamientos para cubrir las sustituciones de tutores de Educación Infantil y de Educación Primaria que vayan resultando necesarias y que permita su cobertura con la mayor urgencia posible.

Todo el proceso se realizará por medios electrónicos, a través de la página web de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Turismo (educantabria.es).

ADJUDICACIONES

La Dirección General de Personal Docente convocará los lunes, martes, miércoles y viernes de cada semana, durante los diferentes periodos lectivos del curso escolar, un proceso específico para la adjudicación de los puestos de los tutores de Infantil y Primaria que resulten necesarios.

Además, con carácter general, los jueves de cada semana convocará un proceso para la adjudicación de vacantes sobrevenidas, necesidades esporádicas y eventuales y sustituciones de todos los cuerpos docentes.

En cada proceso específico se incluirán los puestos de los que, con anterioridad a las 12.00 horas del día de su publicación, se tenga constancia de la necesidad de su cobertura y se disponga de la correspondiente documentación justificativa.

Para participar en los procesos de cobertura de plazas los aspirantes deberán reunir losrequisitos exigidos con carácter general en el artículo 3 de la Orden ECD/84/2017, de 15 dejunio, así como los previstos en el artículo 6.4 para los puestos de perfil múltiple.