miércoles, 11 diciembre 2024

La Generalitat prorroga por 15 días las medidas restrictivas en Reus (Tarragona)

La Conselleria de Salud de la Generalitat de Cataluña ha prorrogado este viernes determinadas medidas restrictivas por la pandemia de coronavirus en Reus (Tarragona) para la contención del brote.

En una resolución publicada en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (Dogc)  establece un nuevo periodo de las medidas de 15 días a partir de este viernes, sin perjuicio de la vigencia de otras de ámbito territorial superior, como la publicada el sábado que prohíbe las reuniones de más de diez personas en toda Cataluña.

La Generalitat recomienda a los ciudadanos salir de domicilio solo para asistir al trabajo, a centros sanitarios, cuidar a personas mayores, menores y dependientes, desplazarse a entidades financieras, acceder a establecimientos comerciales de alimentación u otros con cita previa, tener encuentros y realizar actividades culturales y de ocio con su grupo de convivencia habitual o renovaciones de permisos y documentación oficial, entre otros desplazamientos.

La resolución señala que los contactos se tienen que limitar, «tanto como sea posible», a las personas que integran el grupo de convivencia habitual, al que se pueden incorporar familiares próximos, cuidadores y personas a quien se da apoyo para evitar su aislamiento.

También remarca adoptar medidas de higiene y protección en los centros de trabajo, potenciando el uso del teletrabajo cuando sea posible, respetar la distancia física interpersonal en los comercios, limitar al 33% de aforo los actos religiosas y no consumir alimentos ni bebidas en las reuniones de hasta diez personas en espacios públicos.

Respecto a los establecimientos de hostelería y restauración, la resolución indica que el consumo se debe realizar siempre en mesa, en el interior el aforo se limita al 50% del autorizada con distancia de 1,5 metros entre mesas y un máximo de diez personas por cada una y el horario de cierre se estipula en la 1 de la madrugada.

En los establecimientos hoteleros, el aforo de los espacios comunes se sitúa en el 50% y en los de hostelería y restauración la capacidad de ocupación máxima de las terrazas es del 50%.

La resolución señala que se pueden llevar a cabo actividades culturales, tanto en recintos estables como al aire libre, siempre que se garantice que no se supera el 50% de la capacidad y que se cumplen las indicaciones de los planes sectoriales aprobados por el Procicat.