Condenado a tres años de cárcel por intentar matar a su hermana en Nerva

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la representación legal de un hombre condenado por la Audiencia Provincial de Huelva por un delito de homicidio en grado de tentativa a su hermana en Nerva (Huelva) tras asestarle una cuchillada con un cuchillo de carnicero en plena calle en abril de 2019. De este modo, el TSJA confirma la sentencia pero reduce la pena impuesta inicial de cuatro años a tres años y tres meses tras estudiar el recurso presentado por la defensa.

Según recoge la sentencia,  la defensa del acusado, –el cual padece un trastorno límite de la personalidad y además es toxicómano–, argumentó como motivo de impugnación «infracción de precepto legal» por «no haberse apreciado como muy cualificada la atenuante analógica de anomalía o alteración psíquica e infracción por inaplicación de las circunstancias atenuantes de drogadicción y de obcecación».

Por su parte, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía rechaza los argumentos de la defensa, salvo el relativo a la drogadicción y trastorno del condenado.

En concreto, explica que es «un hecho constatado que las personas en las que coexiste un trastorno de adicción a sustancias con otro trastorno psiquiátrico, como es el trastorno límite de la personalidad, no solo requieren más internamientos, muestran más conductas de riesgo y sufren mayores tasas de desempleo y marginación, sino que también presentan una mayor tendencia a la realización de conductas delictivas y violentas que aquellas otras que solo sufren drogadicción o solo otro trastorno psiquiátrico».

Así, considera que «la mayor gravedad clínica y social de la patología dual del acusado y su influencia, siquiera sea tendencial o indirecta, en su conducta contraria a la norma deben tener un reflejo, aunque moderado, en la medición de la pena, operando a la baja junto con la anomalía psíquica, cuya relevancia atenuatoria refuerza frente a la única agravante de parentesco».

Como hechos probados recoge que sobre las 14,15 horas del día 26 de abril de 2019, el acusado, mayor de edad y sin antecedentes penales, en la calle, junto al domicilio de su hermana, «actuando con el deliberado propósito de atentar contra la vida ajena, la sujetó por la espalda».

Así, «agarrándola fuertemente del cuello con el brazo izquierdo, y, con la mano derecha, le asestó una cuchillada con un cuchillo carnicero de grandes dimensiones en la zona lumbar», al tiempo que gritaba «te mato, te voy a matar», prosigue. No obstante, no consiguió ese resultado debido a la «rápida intervención del marido de esta, que se abalanzó sobre el procesado».