miércoles, 14 mayo 2025

Los pasos para tramitar la baja por Covid-19

Estamos viviendo momentos de profunda consternación y sensibilidad debido a la pandemia del Covid-19. El coronavirus ha venido a marcar un hito trascendental en la vida de todas las personas. Hoy en día, sólo hablamos de guantes, mascarillas, gel hidroalcohólico, que si los metros de distancia, y ese alejamiento constante con los otros de cara a no acabar contagiados por el peligroso virus que le ha quitado la vida a miles de personas en todo el mundo, y que actualmente se registran millones de casos que son lamentables.

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El impacto del Covid-19 en los más diversos sectores de la sociedad ha sido de temer, pues cada una de las cosas que anteriormente realizábamos, ahora se tienen que pensar desde el encierro. Pese a que se ha visto una reactivación sigilosa de muchos puntos de la cotidianidad, los rebrotes se hacen presente en muchas comunidades, por lo que aparecen más contagiados.

Hay dudas, pero poco a poco hemos podido encontrar una repuesta para salir adelante en medio del caos, así pues, la baja es de esos tópicos que te vamos a detallar, y que forma parte de los trámites más solicitados en este estado de alarma mundial.

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Más detalles sobre la baja por Covid-19

  • Los documentos como tal son recogidos en la parte administrativa del centro de salud.
  • Un autorizado tiene que acudir al centro de salud para recoger los documentos. Nunca será el enfermo.
  • Seguidamente, tienes que hacer llegar a tu empresa el ejemplar que va a los mismo, aquí puede usar una foto o correo electrónico, u otro medio digital.
  • La empresa tiene que remitir la información que ha recibido estos documentos a través del Sistema RED, notificando como contingencia la que conste en el parte recibido por el trabajador.
  • Así pues, lo que ha emitido el médico será enviado al INSS que evaluará los diagnósticos, convertirá la contingencia a Accidente de Trabajo (AT), de cara a que en la liquidación de seguros sociales la prestación asociada sea la de una Incapacidad Temporal (IT) derivada de accidente de trabajo (AT). Las empresas deberán confeccionar sus nóminas como si el trabajador estuviera de baja por IT derivada de AT.

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