El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica tres órdenes de la Consejería de Sanidad por las que se la movilidad en los municipios de León, San Andrés del Rabanedo (León) y Palencia ante la evolución de la pandemia por la COVID-19, unas medidas restrictivas tendrán efectos desde las 00.00 horas del 7 de octubre y que mantendrán su eficacia durante 14 días naturales.
No obstante, la Consejería de Sanidad precisa en estas órdenes que la eficacia de las medidas podrá prorrogarse «si así lo requiriese la evolución de la situación epidemiológica» en el caso de que se mantengan las circunstancias que han motivado su adopción.
La adopción de estas acciones responde a que estos municipios cumplen con los criterios establecidos para la puesta en marcha de estas medidas, con incidencias acumuladas superiores a los 500 casos por cada 100.000 habitantes, más de un diez por ciento de pruebas PCR positivas en los últimos días y una nivel de ocupación de los servicios de UCI superior al 35 por ciento.
En el caso de la capital leonesa, al superar los 100.000 habitantes, esta intervención «entra plenamente» en las circunstancias indicadas en la modificación de la Declaración de actuaciones coordinadas en Salud Pública para responder a la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por la COVID-19, aprobada la semana pasada por el Ministerio de Sanidad, ha explica la Junta.
Por su parte, en Palencia y en San Andrés del Rabanedo y atendiendo a su ámbito competencial, la Consejería de Sanidad adopta medidas semejantes a las de León, ya que si bien no cumplen con ese criterio poblacional, parece «lógico» la implementación, también en municipios menores de 100.000 habitantes, de intervenciones análogas con las que afrontar una situación epidemiológica y asistencial proporcionalmente equivalente a la descrita en la Orden comunicada ministerial.
La decisión de la Autoridad sanitaria autonómica fue traslada el lunes a los responsable municipales de León, San Andrés del Rabanedo y Palencia y a la Delegación del Gobierno, para su conocimiento y con el fin de recabar su cooperación en la vigilancia, inspección y control del cumplimiento de las mismas, incluyendo la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
Las medidas entrarán en vigor a las 00.00 horas del miércoles, 7 de octubre, tras la publicación este lunes en el Boletín Oficial de Castilla y León de las respectivas órdenes de la Consejería de Sanidad, en las que se recogen las actuaciones preventivas sanitarias para la contención de la pandemia en esos tres municipios, limitaciones que la Administración autonómica someterá a oportuna ratificación judicial.
Las actuaciones previstas se centran en la limitación de la movilidad de los habitantes de los municipios afectados respecto a otros territorios y en restricciones del contacto social, además otras intervenciones específicas referidas a aforos máximos, distancias y horarios, con el fin de reducir los índices de transmisión del SARS-CoV-2 y evitar nuevos contagios y brotes de la enfermedad, ingresos hospitalarios y fallecimientos.
El plazo inicialmente previsto para estas acciones es de catorce días desde su entrada en vigor, es decir, hasta el 20 de octubre inclusive.