El PSOE recurre la retirada de Madrid de los homenajes a Largo Caballero e Indalecio Prieto

El PSOE y el Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Madrid han presentado un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Pleno que pretende retirar de la ciudad los homenajes a Indalecio Prieto y Francisco Largo Caballero, que, alegan, «subvierte el orden constitucional alcanzado en 1978».

Tras constatar los daños irreparables causados a la placa conmemorativa que había en la casa natal de Largo, el PSOE ha solicitado la suspensión cautelar del acuerdo y ha denunciado el uso «maniqueo», «torticero» y «espurio» de la Ley de Memoria Histórica, según ha informado en un comunicado.

La petición de medidas cautelares se basa en que «la ejecución del Acuerdo ha tenido ya una específica y concreta consecuencia nociva», la destrucción de la placa que homenajeaba a Largo Caballero, placa que «no tiene el Ayuntamiento intención de reponer».

Estos daños causados a la obra del escultor Pepe Noja, que aparecía -como consta en la certificación del propio Ayuntamiento- integrada por una placa de bronce, otra de mármol hoy destruida, y las letras de bronce de la inscripción, muestran a juicio del PSOE la «gravedad de las consecuencias deducibles de la ejecución del Acuerdo impugnado, y la necesidad no sólo de que este Juzgado disponga su suspensión sino también el aseguramiento de los bienes ya afectados para evitar un daño aún mayor, ya que el propio Ayuntamiento de Madrid no lo ha hecho».

«ATENTA CONTRA LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY DE MEMORIA HISTÓRICA»

Pero el recurso va más allá y considera que el acuerdo de Pleno que ha permitido ya la desaparición del homenaje a Largo Caballero «atenta contra la Ley de Memoria Histórica (LMH) y la propia Constitución», señala el comunicado.

En su recurso, el PSOE se pregunta «cuál es el interés jurídico prevalente frente al Acuerdo adoptado», y la respuesta pasa por comprender «el papel que desempeña la Memoria Histórica desde la perspectiva constitucional, superior en todo caso al espurio interés trazado por el Ayuntamiento de Madrid».

Destaca el recurso que el artículo 46 de la Constitución ordena a los poderes públicos «la conservación y el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad».

Por ello, sostiene que «bajo este esquema resulta inconcebible que el Ayuntamiento de Madrid trate de pervertir el sentido y contenido de las instituciones de la memoria histórica porque, en puridad, subvierte el propio orden constitucional en su propia esencia».

La Ley de Memoria Histórica prevé la retirada de elementos conmemorativos de personas o actos relativos a la sublevación militar del 18 de julio de 1936, a la Guerra Civil o a la posterior represión ejercida durante la dictadura.

El recurso recuerda que ni Largo Caballero ni Indalecio Prieto encajan en ninguno de estos supuestos y que el acuerdo de Pleno se basa en la imputación a ambos de «acusaciones delictivas» sin fundamento que otorgan al acuerdo una «calumniosa motivación».

En este sentido, acude al informe técnico firmado por más de 200 historiadores contra esas afirmaciones falsas para señalar que el acuerdo impugnado, fruto de una proposición del grupo de extrema derecha Vox, incurre en «el más puro y fanático revisionismo histórico», justo lo que trata de combatir la propia Ley de Memoria Histórica e incluso condena la Unión Europea.

«Se les imputa a estas personas -Largo Caballero y Prieto- supuestas actuaciones criminales que no tienen nada que ver con el Alzamiento militar de 1936 ni desde luego con la represión durante la Dictadura, durante la cual se encontraban exiliados de España, falleciendo con gran pesar fuera de ella», añade el recurso, «y de ningún modo el nombre de sus calles, las estatuas y ni siquiera la mencionada placa que se ordena retirar, exaltan su papel durante la Guerra Civil, durante la cual formaron parte del Gobierno legítimo constitucional contra el que aquel alzamiento se produjo, pues su reconocimiento va mucho más allá de dicho hito».

Por último, el recurso rechaza la idea de que la suspensión del acuerdo o las medidas cautelares vayan en detrimento del interés general ya que, afirma, «el Ayuntamiento de Madrid ha actuado al margen de cualquier interés general, pues directamente optó por un consciente y premeditado uso torticero de la normativa en materia de Memoria Histórica, de modo que en ningún caso existiría un perjuicio para aquel en caso de suspenderse su ejecutividad».

«GRAVE PROBLEMA PARA LOS VECINOS Y LAS EMPRESAS»

Plantea, de hecho, que el interés general apoya la idea de la suspensión cautelar para evitar que la avenida de Francisco Largo Caballero y el bulevar de Indalecio Prieto cambien de nombre, lo que implicaría «un grave problema para los vecinos residentes de esas calles, y, más aún para las empresas que tienen fijado su domicilio».

También supondría un problema para el «funcionamiento del propio ayuntamiento (cambio de placas y registros públicos municipales)», y que «se traduciría en un perjuicio aún mayor si, como consecuencia de la impugnación del acuerdo en cuestión, este se anulara y volvieran las calles a su nombre original y, a nuestro entender, ilegítimamente retirado».

Una vez presentado este recurso, los socialistas han avanzado además que ejercerán acciones penales como consecuencia de las afirmaciones «falsas y calumniosas» que el acuerdo aprobado vierte sobre Prieto y Largo Caballero, sin perjuicio de las que pudieran interponer por el mismo motivo los familiares de ambos y el escultor Pepe Noja, cuya obra ha resultado destruida, o la Fundación Largo Caballero.