Condenado por abusar sexualmente de la hija de 11 años de su pareja en Almería

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de cuatro años y diez meses de prisión impuesta a un hombre por abusar sexualmente de la hija de 11 años de su pareja, a la que mostraba además «secuencias de vídeos pornográficos» en su teléfono móvil.

El Alto Tribunal andaluz rechaza el recurso de apelación de la defensa del acusado, y ratifica el fallo de la Audiencia Provincial de Almería que le condenó como autor de un delito continuado de abuso sexual y otro de exhibicionismo y provocación sexual.

Al margen de la pena de cárcel, se le condenó a cinco años de libertad vigilada y a diez años y siete meses sin ejercer profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores.

La sentencia, hecha pública este miércoles, destaca el relato «coherente, estable y mantenido sin contradicciones relevantes» de la víctima frente a los argumentos de la defensa, que lo tilda de «no fiable» y lo achaca a presuntas «fuertes discusiones» entre el abusador y la menor, y su «rechazo a la relación con su madre».

El tribunal no aprecia «motivos de malquerencia» en la denuncia y remarca que la ausencia de una «relación fluida» entre ambos «no puede llevar a conjeturar que se haya inventado las conductas de abuso, cuya realidad viene manteniendo desde que las mismas afloraron al conocimiento de la Policía».

Subraya que la causa penal no se inició «a iniciativa de la menor», sino que fue una amiga la que lo desveló a agentes de Participación Ciudadana en una visita al centro educativo y atribuye que lo negase en un primer momento «al temor a la reacción de su madre y a resultar ella misma culpabilizada, cosa que, por cierto, llegó en gran medida a ser realidad», según remarca.

La sentencia señala que su declaración está «reforzada» por la testifical «de dos amigas a las que les desveló los abusos que venía infligiéndole el acusado desde tiempo atrás» y califica de «absurda» la hipótesis de la defensa de que obedezca «a una suerte de contubernio entre las tres».

Por último, el TSJA rechaza que su testimonio «reputado como creíble» por los peritos pueda ser «enturbiado» por lo dicho en juicio por la madre y la hermana de la víctima «ya la proximidad emocional con el acusado pervive y las lleva claramente a posicionarse aparentemente equidistantes y que, en realidad, se inclina claramente a favor de él como quedó de manifiesto en el interrogatorio en el que la progenitora habló de ella como si fuera una rival».

Según los hechos probados, el procesado, que deberá indemnizar a la menor con 6.000 euros, sometió a «tocamientos prácticamente a diario» durante dos años a la víctima, ante la que se exhibía desnudo en el domicilio familiar y a la que enseñaba «en su teléfono móvil secuencias de vídeos pornográficos».