La nueva LeCrim da a la Fiscalía el control de la información sobre procesos penales

El anteproyecto de la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), confiere un destacado papel a la Fiscalía que incluye el control de la información que trasciende sobre los procesos penales en fase de investigación, para limitarla a «lo esencial desde el punto de vista del interés informativo» y evitar así un «grave atentado» a la presunción de inocencia.

El borrador de la LeCrim da «especial atención» a la publicidad de las actuaciones en la fase de investigación por considerar que «una transmisión indiscriminada de su contenido a la opinión pública supone un grave atentado para el derecho a la presunción de inocencia».

Por ello, introduce una serie de «garantías ajustadas a los cánones marcados por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal Constitucional» con las que «se busca que el flujo de información se limite a lo esencial desde el punto de vista del interés informativo y que se transmita de forma aséptica y objetiva».

La principal novedad en este aspecto es que el Ministerio Fiscal, ahora a cargo de la instrucción, se convierte en el «cauce oficial de transmisión de la información ajeno a cualquier tipo de comunicación interesada, privilegiada o sesgada de datos o noticias relativos al procedimiento».

Así, el fiscal instructor seleccionará «los elementos que, por su interés informativo, pueden ser transmitidos a la ciudadanía» y fijará los términos en los que deben transmitirse, «asumiendo la responsabilidad derivada de los excesos o errores en que pueda incurrir en esta delicada labor».

El borrador señala expresamente que, «salvo autorización del fiscal responsable de la investigación, los órganos gubernativos y policiales no estarán autorizados para transmitir datos relativos al procedimiento en curso».

En cuanto a qué tipo de datos se podrán difundir a través de los medios de comunicación por su «interés informativo», el texto no concreta y remite al detalle del articulado de la nueva LeCrim.

LA «PENA DEL BANQUILLO»

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ya había avanzado este miércoles, durante la sesión de control al Gobierno en el Congreso de los Diputados, que la Ley de Enjuiciamiento Criminal regulará por primera vez el acceso a la información sobre los procesos judiciales para evitar, entre otras cosas, la «pena de banquillo».

Campo ha lamentado que «es frecuente encontrarse en los medios de comunicación con filtraciones de informaciones judiciales que suponen para las personas investigadas graves penas de banquillo», si bien al mismo tiempo se ha mostrado consciente de que hay casos que por su «relevancia social» deben conectarse al derecho a la información. «Es el viejo dilema de la foto del detenido esposado cuyo caso luego queda en nada», ha ilustrado.

Ha reconocido que «la solución no es fácil» y ha esbozado un modelo que garantice el acceso a «informaciones con un claro interés social» pero con algunas «limitaciones». En concreto, ha indicado que se protegerá «la integridad, el honor y la intimidad de los investigados», así como de peritos, testigos y demás intervinientes en el proceso penal, «limitando la difusión de imágenes cuando no revistan interés informativo o cuando no se trate de un hecho socialmente relevante».