El Senado aprueba la retribución de los traductores

La Mesa del Senado ha acordado las retribuciones para los intérpretes de lenguas cooficiales que prestan sus servicios a la Cámara Alta, en un momento en el que Unidas Podemos y los grupos independentistas han pedido extender el uso de las diferentes lenguas autonómicas a instituciones nacionales como el Congreso de los Diputados, RTVE, Agencia Tributaria, Seguridad Social y los altos tribunales.

El partido de Pablo Iglesias se sumó a ERC, Bildu, PNV, Junts, PDeCAT, Más País, Compromís, CUP y BNG en el Congreso para registrar una proposición no de ley (PNL) con el objetivo de instaurar las lenguas oficiales en las Cortes Generales y los tribunales y acabar con «la imposición legal exclusiva del castellano en la normativa estatal».

En el Senado ya rige desde hace años un servicio de traducción que se utiliza en el caso de que se empleen las lenguas cooficiales en los efectos dispuestos para ello. Según el Reglamento, tales efectos son durante la primera intervención de la presidenta de la Cámara, en los escritos e iniciativas –junto a su texto en castellano–, en las mociones del Pleno, en la Comisión General de las CCAA y en los escritos que los ciudadanos e instituciones dirijan al Senado.

Estos intérpretes prestan su servicio de manera externa y pertenecen a una bolsa de empleo tras un examen que hizo la Cámara Alta en 2005 y que aún no se ha actualizado. La Mesa del Senado, con mayoría del PSOE y PNV, decidió en su reunión del 3 de noviembre acordar una retribución para este servicio.

HONORARIOS POR LOS PLENOS

Según este acuerdo de la Cámara, los traductores cobrarán 555,22 euros por una jornada de interpretación; 180 euros de dieta; 5,43 euros por minuto por la transcripción; y 0,19 euros por kilómetro en el caso de desplazamiento.

Así, cuando el trabajo de los intérpretes se desarrolle en dos días, finalizando el segundo antes de las 16.00 horas, esta persona cobrará 1.110,44 euros por la interpretación y 270 euros por dieta, además de la transcripción y el desplazamiento.

Si el segundo día finaliza después de las 20.00 horas, el intérprete cobrará 1.388,05 euros por la interpretación y 360 euros por las dietas, además de la transcripción y el desplazamiento si los hubiera.

RETRIBUCIÓN POR LA COMISIÓN DE LAS CCAA

En el caso de las sesiones de la Comisión General de las Comunidades Autónomas, el régimen económico a aplicar aquí será el mismo que el establecido en los plenos pero con algunas especialidades.

Estas singularidades son que cada día de sesión dará lugar a una jornada de interpretación, salvo que la duración de la sesión exceda de 7 horas o termine más allá de las 20.00 horas, supuestos en los que podrán facturarse dos jornadas.

Respecto a las dietas, cada día de sesión dará lugar a una dieta completa, si bien, cuando la sesión de la Comisión finalice después de las 16.00 horas, podrán facturar dieta y media.

AUNQUE SE ANULE EL PLENO, SEGUIRÁN COBRANDO

Además, el acuerdo también recoge que en el caso de anulación o cambios en el calendario de sesiones plenarias, o en el de alteración del orden habitual de tramitación de los asuntos incluidos en el orden del día de aquéllas, que hayan sido comunicado al equipo de intérpretes, el Senado abonará sus honorarios.

Eso sí, lo hará al 50% en el caso de que la anulación o el aplazamiento se produzcan con menos de 30 días de antelación; al 75% de los honorarios con menos de 20 días de antelación, y el 100% cuando la anulación se produzca con menos de diez días de antelación.

Este régimen de anulación o cambios será también aplicable en los supuestos de desconvocatoria de una sesión de la Comisión General de las Comunidades Autónomas.