Castilla y León prorroga hasta el 23 de febrero las medidas excepcionales

La Junta de Castilla y León, reunida este lunes, 8 de febrero, de forma telemática y extraordinaria, ha aprobado el mantenimiento durante otros catorce días de las medidas de carácter excepcional decretadas para la pandemia en toda la Comunidad y que contemplan, entre otras, el cierre del interior de la hostelería, de los centros comerciales y de los gimnasios y centros deportivos.

Asimismo continua vigente el toque de queda entre las 20.00 y las 06.00 horas, la limitación a cuatro personas de la participación en reuniones sean en espacios de uso público o privado y la reducción del aforo en lugares de culto a un tercio de su capacidad, con un máximo de veinticinco asistentes.

Además, Castilla y León mantiene la limitación indefinida de la entrada y la salida de personas del conjunto territorial castellano y leonés «y entre todas y cada una de sus provincias», con las excepciones indicadas en los correspondientes acuerdos de la Presidencia de la Junta.

Según ha informado el Gobierno autonómico a través de un comunicado, la nueva prórroga –es la tercera– se establece para un nuevo periodo de catorce días y comenzará a las 00.00 horas del miércoles, 10 de febrero, con vigencia «inicialmente» hasta las 23.59 horas del martes día 23.

Esta decisión se ha adoptado en función de los últimos informes que reflejan la «negativa situación epidemiológica y asistencial» en el conjunto territorial autonómico durante los últimos días.

Con esta decisión, se da continuidad al régimen preventivo vigente, mediante el que se refuerza el actual nivel 4 de alarma sanitaria vigente en toda la Comunidad que mantiene el «riesgo extremo» por «transmisión comunitaria no controlada y sostenida de la infección por SARS-CoV-2» que excede las capacidades del sistema sanitario, «lo que obliga a seguir con la aplicación de estas actuaciones de carácter excepcional».

Según han asegurado desde el Gobierno autonómico, la Consejería de Sanidad mantiene la «evaluación continua» de la situación sanitaria para garantizar la adecuación de este régimen a la evolución de los indicadores epidemiológicos, asistenciales, sociales, económicos y de movilidad, por lo que las medidas prorrogadas podrán ser mantenidas, modificadas o levantadas en función de la evolución pandémica.

«El régimen al que ahora se da continuidad se decreta sin perjuicio de la vigencia del Acuerdo de la Junta aprobado el pasado sábado y en vigor desde ayer, domingo, 7 de febrero, por el que veinticinco municipios de Castilla y León se encuentran sometidos de medidas excepcionalísimas para la contención pandémica», aclaran las mismas fuentes.

Las medidas excepcionales prorrogadas este lunes se focalizan en el control de aforos y de la movilidad y actividad social en sectores en los que se observa una mayor interacción relacionada con nuevos brotes y contagios y sobre los que la Administración autonómica tiene capacidad competencial reguladora.

En concreto, estas acciones reforzadas se centran en la suspensión de la apertura al público de los grandes establecimientos comerciales con la excepción de los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos sanitarios, centros o clínicas veterinarias, productos higiénicos, librería, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, peluquerías, tintorerías y lavanderías y sucursales bancarias, así como departamentos dedicados a todas las actividades mencionadas y que se puedan encontrar en el interior de dichos establecimientos.

También están excepcionados los establecimientos individuales de menos de 2.500 metros cuadrados de superficie de venta al público con acceso directo e independiente desde el exterior. En estos casos los establecimientos, instalaciones y locales deberán exponer al público el aforo máximo en el que están incluidos sus trabajadores y asegurar que la distancia de seguridad interpersonal se respeta en el interior, y deberán establecer procedimientos que permitan el recuento y el control de aforos.

«No se permite en ningún caso la permanencia de clientes en zonas comunes, incluidas áreas de descanso, excepto para el mero tránsito entre los establecimientos comerciales», recuerdan las mismas fuentes, que insisten en que también deberán estar cerradas zonas recreativas, como parques infantiles o similares.

«La permanencia en los establecimientos cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de productos, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos», añaden desde la Junta que recuerdan que se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados lleven mascarilla y mantengan la distancia de seguridad a fin de evitar posibles contagios.

Otras de las restricciones que se mantienen en la suspensión de todas las actividades de restauración en interiores, permitiéndose en terrazas con las condiciones indicadas para el nivel 4, con excepciones como los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo y los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos que pueden permanecer abiertos para uso exclusivo de sus clientes, «sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento».

También están excepcionados del cierre de interior los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, socio sanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social y los servicios de restauración en centros de trabajo, destinados a las personas trabajadoras.

A esas excepciones se unen los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, «con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros».

Del mismo modo, se prorroga la suspensión de la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física no oficial y no federada que no sean al aire libre y la suspensión de la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional de ámbito autonómico, salvo las competiciones, incluidos sus entrenamientos, que den acceso directo o cuyas fases regulares de competición desemboquen en fases de ascenso a competiciones oficiales regulares de ámbito estatal.

Sigue sin permitirse permite la asistencia de público a ningún evento deportivo y se prorroga la suspensión de la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.

La Junta ha insistido en la necesidad de mantener comportamientos individuales responsables y preventivos como el uso obligatorio de la mascarilla, lavado frecuente de manos y el mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad.

«Los ciudadanos tienen la obligación de cumplir con las medidas sanitarias preventivas establecidas para la contención de la pandemia, pudiendo, en todo caso, ser sancionados los incumplimientos, de conformidad con el Decreto-Ley 7/2020, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León», recuerdan desde el Gobierno de PP y Ciudadanos.