Colegio Mayor Galileo Galilei acepta multa de 25.000€ por las fiestas relacionadas con brote de Covid

La Generalitat Valenciana ha dado por concluido el procedimiento sancionador contra el Colegio Mayor Galileo Galileo de Valencia –donde el pasado mes de septiembre se celebró una fiesta ibicenca y se originó un brote de Covid de más de 160 personas– tras pagar la empresa responsable la multa. La sanción aceptada fue de 25.000 euros y, por haber reconocido la responsabilidad, el importe abonado finalmente es el 60 por ciento del total, alrededor de 15.000 euros.

El secretario autonómico de Seguridad, José María Ángel, ha firmado este viernes la resolución del procedimiento al colegio mayor «por no respetar las medidas de prevención e higiénicas dictadas por la administración para hacer frente a la pandemia provocada por la Covid-19 y permitir la celebración de una fiesta ibicenca en la azotea del edificio el pasado 26 de septiembre, así como por la falta de control para la celebración de otras dos fiestas en sendas habitaciones en el edificio en la madrugada del 27 de septiembre».

En la resolución, según ha informado la Conselleria de Justicia, se determina que la multa se corresponde con dos infracciones. La primera es una infracción administrativa tipificada como grave en el artículo 6.7 por incumplimiento de medidas higiene y prevención cuando suponga riesgo de contagio o afecte a más de 15 personas del Decreto Ley 11/2020, de 24 de julio, del Consell, de régimen sancionador específico contra los incumplimientos de las disposiciones reguladoras de las medidas de prevención ante la Covid-19

La segunda se considera una infracción administrativa tipificada como grave en el artículo 6.2 de Organización o participación en reuniones, fiestas o cualquier otro tipo de acto equivalente, privado o público, en espacios privados o públicos, que impliquen una aglomeración o agrupación de personas cuando se constate por la autoridad inspectora que impiden o dificultan la adopción de las medidas sanitarias de prevención y del mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal dentro de los establecimientos.

El importe de la sanción que se propuso a la vista de la infracción cometida y de las circunstancias derivadas de este procedimiento ha sido de 25.000 euros, 5.000 de ellos según lo establecido en el artículo 6 del decreto Ley 11/2020, de 24 de julio por incumplimiento del artículo 6.7; y los 20.000 restantes según lo establecido en el artículo 6 del Decreto Ley 11/2020. de 24 de julio por incumplimiento del artículo 6.2, detallan las mismas fuentes.

ABONO VOLUNTARIO DE LA SANCIÓN

Durante el proceso ya se dio traslado de la propuesta de sanción a la mercantil gestora del Colegio Mayor, que «reconoció su responsabilidad y procedió al abono voluntario de la sanción».

Una vez que se ha acreditado el pago de la sanción este viernes –con la correspondiente reducción del 40% por la aceptación– se declara concluido el procedimiento sancionador, precisan desde la Conselleria.