La juez del caso Aznalcóllar desestima los recursos de los acusados

El Juzgado de Instrucción número tres de Sevilla, que investiga el proceso de adjudicación de los derechos de explotación del yacimiento minero de Los Frailes (Aznalcóllar) a la agrupación empresarial México-Minorbis pese a mediar una oferta económicamente superior por parte de Emérita Resources España, ha desestimado los recursos de reforma formulados por los nueve investigados objeto del auto de procedimiento abreviado emitido el pasado mes de febrero, contra dicho auto.

En un nuevo auto emitido este pasado 8 de marzo, la juez instructora da cuenta de los recursos de reforma interpuestos por los nueve investigados afectados por dicho auto de continuación de las actuaciones por el trámite del procedimiento abreviado y de Minorbis, contra dicha decisión judicial.

Según resume, todos ellos consideran, groso modo, que «no se han valorado y analizado en debida forma en el auto recurrido el conjunto de diligencias de investigación practicadas a lo largo de los últimos cinco años».

Pero todos los recursos de reforma son desestimados porque «frente a lo expuesto por los impugnantes, no es exigible desde luego que en el auto de incoación de procedimiento abreviado se realice un pronunciamiento expreso de cada una de las pruebas que se hayan practicado a lo largo de la instrucción con expresa mención de las mismas, cuando lo que sí se hace es un análisis pormenorizado de su resultado desde el prisma que ha sido contemplado además por la Audiencia de Sevilla».

«Tan solo ha de valorarse la existencia de indicios para la prosecución del procedimiento, que en este momento procesal solo han de ser esbozados como suficientes para finalizar la fase de instrucción e iniciar el procedimiento abreviado», indica la juez, que ve «indicios suficientes para sustentar la imputación respecto de los recurrentes de un delito de prevaricación administrativa, en los términos que se acotan en la resolución de referencia y sin perjuicio de la calificación definitiva que se efectúe por las acusaciones».

Además, la juez defiende que el auto recurrido alberga «una motivación sucinta pero suficiente, que no es la de suplantar la función acusatoria del Ministerio Publico o las acusaciones, sino únicamente conferir el oportuno traslado procesal para que esta pueda verificarse, así como expresar el doble pronunciamiento de conclusión de la instrucción y de prosecución del procedimiento abreviado en la fase intermedia».

Respecto al recurso de reforma del expresidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) Vicente Cecilio Fernández Guerrero, otrora secretario general de la Consejería de Innovación Ciencia y Empleo, señala por ejemplo que «la necesidad ineludible de resolver sobre la continuación del procedimiento viene dada por las resoluciones de la Audiencia», cuya sección séptima ha reabierto la causa dos veces tras dos archivos iniciales en decisiones adoptadas por la juez Mercedes Alaya en dicha sección, «cuando concluyen y aprecian la existencia de indicios suficientes racionales de criminalidad, que en esta fase y a efectos de resolver sobre la continuación de apertura de juicio oral resultan suficientes».

EL AUTO DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO

En el citado impugnado, la juez Patricia Fernández Franco ordena incoar el procedimiento abreviado respecto a los hermanos Mario e Isidro López Magdaleno, presidente y vicepresidente de la empresa cordobesa Magtel; el expresidente de la SEPI Vicente Cecilio Fernández Guerrero por su papel como otrora secretario general de la Consejería de Innovación Ciencia y Empleo; la exdirectora general de Minas de la Junta de Andalucía María José Asensio Coto; los funcionarios de la Junta de Andalucía Pastora Sánchez la Cuesta Sánchez Ibargüen, Julio Ramos Zabala y José Marcos Acosta Plaza como miembros de la mesa de contratación; el que fuera secretario general de la Delegación de Medio Ambiente de Sevilla Salvador Camacho Lucena e Iván Maldonado como jefe de Servicio de Minas de la Junta, también por su papel en la mesa de contratación.

La juez acuerda la continuación de las diligencias por el trámite del procedimiento abreviado contra todos los ya mencionados por un presunto delito de prevaricación administrativa, dando traslado de ello a la Fiscalía y al resto de partes para que «formulen escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa», toda vez que la Fiscalía ha pedido en varias ocasiones el sobreseimiento provisional del caso.

LOS «INDICIOS EXISTENTES»

Para la juez instructora, que desde la apertura de la causa en 2015 ha archivado dos veces la investigación, siendo la misma reabierta en ambos casos por orden de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, «los indicios existentes son bastantes para abrir la llamada fase intermedia, dando por terminada la instrucción jurisdiccional y acomodando las actuaciones al procedimiento legalmente previsto».

Recordemos al respecto que en una providencia de fecha 13 de marzo de 2020, la juez instructora del caso, Patricia Fernández Franco, exponía a las partes personadas en esta causa que «teniendo en cuenta que no existen actualmente diligencias de investigación pendientes de practicar», era necesario «conferir traslado a las partes personadas y al Ministerio Fiscal por un plazo de diez días para alegaciones sobre el curso del procedimiento».

Tras ello, tanto Emerita Resources España como Andalucía Mining y Ecologistas en Acción solicitaron nuevas diligencias de diversa índole, mientras las representaciones de Minorbis, las diversas personas investigadas y la Fiscalía solicitaban el libre sobreseimiento de las actuaciones, por tercera vez.

DILIGENCIAS ARCHIVADAS EN DOS OCASIONES PERO REABIERTAS

Y es que tras la denuncia inicial de Emerita Resources España, que competía con el grupo México-Minorbis en el concurso promovido por la Junta de Andalucía para adjudicar los derechos de explotación del complejo minero de Aznalcóllar, por presuntos delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias y fraude en la adjudicación de los derechos de explotación de la mina a dicho grupo, la juez instructora ha archivado dos veces las diligencias.

Empero, tras ser impugnadas ambas decisiones de archivo, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, en la que figura la juez Mercedes Alaya, instructora inicial de la trama de los expedientes de regulación de empleo (ERE) presuntamente fraudulentos, ha ordenado la reapertura de la investigación.

De cualquier modo, ante las nuevas diligencias reclamadas por Emerita Resources España, Andalucía Mining y Ecologistas en Acción, la juez instructora decidió en dos autos emitidos en junio y en julio de 2020 denegar tales peticiones de nuevas diligencias porque como señalaba en uno de estos autos, recogido por Europa Press, «con carácter general, no resulta procedente la práctica indiscriminada de cualquier diligencia que, someramente, pueda de algún modo relacionarse con los hechos investigados, sin que se explicite de forma suficiente su trascendencia concreta respecto de los mismos».

Aunque Emerita Resources España y Andalucía Mining recurrieron ante la Sección Séptima de la Audiencia la decisión de la juez instructora de denegar la práctica de nuevas diligencias, la Audiencia desestimó las pretensiones de tales entidades, salvo una petición de Andalucía Mining en demanda de copia testimoniada de la totalidad de la comisión rogatoria realizada en 2018 por las Autoridades Mexicanas y sobre la totalidad de las diligencias que se hubiesen practicado, acerca de «supuestos pagos que Grupo México realizó a Magtel a través de Minorbis, que pudieran ser constitutivos de soborno».