La Audiencia Nacional condena al etarra Gorka Palacios a 6 años

La Audiencia Nacional ha condenado al miembro de la banda terrorista ETA Gorka Palacios a seis años de prisión por los delitos de depósito de explosivos y daños en relación con las armas y el material que los miembros del ‘comando Larrano’ guardaban en un piso de Durango (Vizcaya) para cometer atentados y que estallaron debido al fallo del sistema de ignición de uno de los artefactos.

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional consideran probado que Palacios, que se acogió a su derecho a no declarar durante el juicio que se celebró el pasado 18 de febrero, pertenecía al denominado ‘comando Larrano’ por la documentación hallada en los pisos, entre los que se encontraron cuatro cartas firmadas por la que fuera jefa de ‘comandos legales’ Soledad Iparraguirre, ‘Anboto’, en las que daba instrucciones.

Así, como integrante de la banda, alquiló con su novia dos pisos, uno en septiembre de 1996 y otro en junio de 1997, donde dicho comando de ETA depositaron armas y explosivos con el objetivo de ser utilizados posteriormente para cometer ataques terroristas.

La sentencia relata cómo sobre las 09.30 horas del 17 de julio de 1997, en uno de los inmuebles se produjo una fuerte explosión por el al fallo en el sistema de ignición de una de las piquetas utilizadas como lanzadores de granadas, lo que provocó la huida de los integrantes del comando que allí se encontraban.

NO HAY DUDAS DE SU PARTICIPACIÓN

La Sala explica que, tras la valoración de la prueba, «no cabe duda» de que Palacios fue una de las personas que constituyó ese depósito de armas y explosivos, así como el responsable de los daños causados por la explosión. No obstante, le absuelve del delito de estragos terroristas, por el que también acusaba la Fiscalía, que en total solicitó 27 años de prisión.

El tribunal considera que los hechos encajan como un delito de daños y no un delito de estragos por la leve entidad de los desperfectos causados y la no constatación de la existencia de un riesgo de causación de daños catastróficos o para la integridad de las personas.

De hecho, la sentencia apunta que el dueño de dicha vivienda, que renunció a una indemnización como perjudicado, testificó en la vista oral que el piso sufrió «pocos daños». Al hilo, también señala que la factura aportada al sumario y el informe pericial de tasación certificaron que el coste de la reparación ascendió a 4.427,06 euros.

Añade la Sala que «ciertamente», la intención del acusado y del resto de miembros del comando no era causar de forma directa daños en la vivienda donde estaban manipulando los artefactos explosivos y las granadas. «Pero sí puede afirmarse que eran conocedores de la posibilidad de que en su manipulación se produjera una explosión, lo que implícitamente asumieron a pesar de ser conocedores de ese riesgo», subraya.

PRUEBAS INEQUÍVOCAS DE LA PARTICIPACIÓN EN LOS HECHOS

En cualquier caso, afirma la sentencia que Palacios «introdujo en dos viviendas que había alquilado abundante material para la realización de atentados terroristas, como granadas anticarro y antipersona, sus lanzadores, explosivos, y diverso material para confeccionar y activar artefactos explosivos», afirma la sentencia.

Pruebas «inequívocas» de su participación en los hechos, indican los magistrados, son la suscripción de los contratos de arrendamiento de las dos viviendas en las que se encontraron los explosivos; las huellas dactilares del acusado halladas en varias entradas y registros domiciliarios practicados; y la escritura a mano por el propio acusado de varios de los documentos incautados, en los que incluso contenían instrucciones para la preparación de artefactos explosivos o su colocación en vehículos.

Por otro lado, los jueces han descartado también la prescripción de los hechos como pedía la defensa de Palacios por cuanto existen varios hitos procesales que no revelan la paralización de la causa durante más de 10 años.

UNO DE LOS MIEMBROS MÁS ACTIVOS DE ETA

Palacios fue considerado uno de los miembros más activos de la organización desde que comenzó su actividad terrorista en los años 90, llegando a formar parte del ‘comando Madrid’, por el que se le atribuyeron diversos atentados.

En 2003, siendo uno de los etarras más buscados por las Fuerzas de Seguridad, asumió el cargo de jefe de los comandos de ETA, responsabilidad que compartió con Ibón Fernández Iradi, ‘Susper’, hasta su detención en Pau (Francia) en diciembre de ese año.

Las autoridades francesas entregaron en abril de 2018 a Palacios tras cumplir sus penas en las prisiones de Saint Maur y Châteauroux. El tribunal de lo Criminal de París le condenó a 18 años de prisión en 2009 y un año después la justicia francesa lo entregó de manera temporal a España para que fuera juzgado por la Audiencia Nacional, que le impuso 83 años de cárcel por el atentado cometido contra el Ministerio de Justicia del 10 de julio de 2001, en el que falleció el policía nacional Luis Ortiz, y resultaron heridas a otras 20 personas.

Tras permanecer casi dos años en las cárceles de Soto del Real y Estremera, fue devuelto en 2012 al Estado francés y encarcelado en Saint Maur, donde pasó 18 meses, hasta que entregado temporalmente a España para un nuevo juicio. En 2013 regresó a Saint Maur, donde permaneció hasta 2018.