El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha avalado este jueves la normativa que prohíbe la pesca a través de impulsos eléctricos en aguas comunitarias al concluir que la UE tiene un «amplio margen de discrecionalidad» para legislar en este ámbito y no está obligada a basarse «exclusivamente» en dictámenes científicos y técnicos.
En concreto, el tribunal de Luxemburgo ha desestimado el recurso interpuesto por Países Bajos, el país más afectado por una normativa sobre conservación pesquera aprobada en 2019 y que, entre otras cosas, prohíbe la pesca por impulsos eléctricos en todo el bloque comunitario a partir de julio de este año.
Las autoridades holandesas alegaron en su recurso que estas nuevas reglas no se basaban en los «mejores dictámenes científicos» disponibles sobre las repercusiones medioambientales de la pesca con redes de arrastre con impulsos eléctricos en comparación con la pesca tradicional con redes de arrastre de vara para capturar lenguado en el Mar del Norte.
Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la UE remarca en su sentencia que ni el Parlamento Europeo ni los Estados miembros (en calidad de instituciones con poderes legislativos del bloque) tienen la obligación de aprobar leyes sobre medidas técnicas basándose exclusivamente en dictámenes científicos y técnicos disponibles.
Además, el fallo subraya que ambos organismos «gozan de una amplia discrecionalidad en el ámbito de la pesca», por lo que el análisis de los jueces europeos se limita a verificar si la normativa «no está viciada por un error manifiesto o desviación de poder», así como si los legisladores «no se han extralimitado manifiestamente en su facultad discrecional».
Tras hacer esta consideración, el TUE determina que Países Bajos no ha demostrado «el carácter manifiestamente inadecuado» de la pesca con impulsos eléctricos. En particular, destaca que, aunque los dictámenes científicos enumeran algunas de sus ventajas, también señalan que «aún no se habían evaluado plenamente una serie de riesgos residuales».
Países Bajos también había argumentado el carácter innovador de la pesca eléctrica, pero el TUE ha dictaminado que el hecho de que un objetivo del bloque sea promover el progreso científico y técnico «no significa que el legislador esté obligado a trasladar a un acto legislativo cualquier técnica nueva por el mero hecho de que sea innovadora».