Los condenados por ‘Época I’ de Gürtel comienzan a indemnizar a las administraciones

Los integrantes de la trama Gürtel que fueron condenados en ‘Época I’ en 2018 por el tribunal de la Audiencia Nacional han comenzado ya a abonar las indemnizaciones destinadas a las diferentes administraciones públicas perjudicadas por su actividad ilícita.

Así se pone de manifiesto en una diligencia de ordenación de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional con fecha de 14 de abril. En ella se indica en relación al dinero intervenido o embargado a los condenados en ese procedimiento –confirmado por el Supremo– que se deben expedir mandamientos de pago aun no entregados a las entidades perjudicadas, entre las que están la Comunidad de Madrid, los ayuntamientos de Madrid, Pozuelo de Alarcón y Majadahonda, o diferentes empresas públicas de Estepona.

Así, ordena el pago al Ayuntamiento de Majadahonda de 344.207,06 euros, al de Madrid 21.294,41 euros, a la Comunidad de Madrid 75.059,48 euros y al de Pozuelo la cantidad de 1.299,69 euros. Además, señala que ya constan como entregados los mandamientos de pago expedidos a favor de la Comunidad de Madrid por importe de 2.496,04 euros (que debía abonar José Javier Nombela) y a favor del Ayuntamiento de Majadahonda por importe de 133.628,48 euros (abonados por el Partido Popular).

De la relación de condenados, en el cuadro incluido en la diligencia, se comprueba que el cabecilla de la Gürtel Francisco Correa ya ha consignado 216.874,44 euros, que Pablo Crespo –el número 2– ha aportado 32.000 euros, o que la exmujer de Correa, Carmen Rodríguez Quijano, ha aportado 36.000 euros.

Por otro lado, el escrito hace referencia a las indemnizaciones reconocidas en favor de la Hacienda estatal, y apunta que se han expedido mandamientos de pago por un total de más de 871.000 euros. De ese montante, el extesorero del PP Luis Bárcenas ha aportado 151.924 euros, su mujer Rosalía Iglesias 5.945 euros y Antonio Villaverde Landa –el abogado que trabajó para Correa– 713.332 euros.

REQUIEREN LAS CUENTAS DE LOS AYUNTAMIENTOS

Además, se explica que la indemnización fijada respecto de Bárcenas está pendiente de minorarse en la cuantía que se determine en ejecución de la sentencia correspondiente al IRPF del 2007, de lo ingresado con motivo de la Declaración Tributaria Especial de Tesedul referida al IRPF de los años 2007 a 2010.

Por otro lado, la Sala apunta que con carácter previo a expedir los mandamientos de pagos debe requerirse al Ayuntamiento de Madrid, al Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, a Servicios Municipales de Estepona S.L. y a Turismo y Actividades Recreativas de Estepona S.L., para que aporten certificado de cuenta bancaria de la que sean titulares a las que transferir el importe.