Vox recurre al TC la reforma que impide al CGPJ realizar nombramientos

El Grupo Parlamentario Vox en el Congreso de los Diputados ha presentado este jueves un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) instada por PSOE y Unidas Podemos que recorta atribuciones del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuando sus vocales se encuentran en funciones, entre ellas la de realizar nombramientos en la cúpula judicial.

Según ha manifestado la secretaria general del grupo parlamentario de Vox en el Congreso de los Diputados, Macarena Olona, la ley propicia que el poder legislativo asuma «un papel constituyente que no le corresponde; no respeta la garantía establecida en la Constitución y hace que la recuperación de la plena funcionalidad del CGPJ depende en exclusiva del este poder del estado al que queda totalmente sometido».

«Vox defiende y defenderá con todos los medios a su alcance la independencia del Poder Judicial, porque está en nuestro ADN como partido. Hoy interponemos nuestro recurso número 16 ante el Tribunal Constitucional en 13 meses», ha afirmado, para añadir que puede prometer que «no será el último».

El partido liderado por Santiago Abascal destaca que el recurso ha sido registrado «el mismo día en que las asociaciones de jueces piden al presidente del CGPJ, Carlos Lesmes, «que culmine los nombramientos en marcha antes de que ley los detuviera» y reclama la declaración de inconstitucionalidad norma aprobada por la mayoría legislativa de los partidos de Gobierno y sus socios, al considerar.

TRAMITACIÓN FUERA DE LA LEGALIDAD

Entre otros argumentos, Vox señala en su recurso que la tramitación de la reforma no producido conforme a la legalidad, ya que «la misma mayoría política en el Gobierno decidió a conveniencia eludir la exigencia del previo dictamen del CGPJ, a través del medio fraudulento de utilizar al grupo parlamentario controlado por esa mayoría para presentar una proposición de ley».

«Si convenimos -señala el texto- en que existe una identidad funcional entre el Gobierno y la mayoría política que lo sustenta, resulta fácil colegir que estos no pueden utilizar a conveniencia el cauce del proyecto o la proposición de ley como medio para hurtar a los diputados y grupos de la minoría de aquellos informes y dictámenes exigidos por la ley y que sirven de soporte técnico imprescindible para el fundado ejercicio de la potestad legislativa».

Además, y aceptado lo anterior, se señala que, de no ser así se permitiría a esa mayoría defraudar el precepto procedimental de redacción y aprobación de leyes, «dejando inerme a la minoría parlamentaria frente al intolerable abuso de la mayoría en el poder».

Por tanto, y como primera premisa, los 52 diputados de Vox defienden ante el tribunal de garantías señalan que la mera infracción de procedimiento «ha de provocar la invalidez de la Ley en la que desembocó».

Recuerdan también la declaración institucional en que desembocó la actuación de los partidos en el Gobierno, y en la que el CGPJ lamentaba «profundamente que el órgano de gobierno del Congreso de los Diputados hiciera hecho caso omiso de la solicitud para que la citada proposición se sometiera a los informes de este Consejo, de la Comisión Europea para la Democracia por el Derecho (Comisión de Venecia/Consejo de Europa) y diera audiencia a todos los agentes afectados por la reforma propuesta; en particular, a las asociaciones de jueces y fiscales, así como a las demás entidades representativas e instituciones públicas del ámbito de la Justicia».

En segundo lugar, el recurso apunta que la Constitución configuró, en aras de la independencia judicial, el Consejo como «órgano autónomo y separado» al que atribuyó el «ejercicio necesario de algunas de las funciones que más podrían servir, en poder de otros órganos, para influir, o así intentarlo, sobre los titulares del Poder Judicial: nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario».

Por tanto, y dado que a juicio de VOX la Ley Orgánica de Sánchez-Iglesias tiene por única finalidad crear un nuevo órgano extra-constitucional que denomina el CGPJ «en funciones», se denuncia en el recurso presentado ante el Constitucional el recorte inconstitucional de potestades esenciales del CGPJ que resultan «indisponibles para el legislador».

CONTRARIA AL ESPÍRITU CONSTITUCIONAL

Así, se hace notar que la Constitución ha querido mantener la plenitud «en el ejercicio de sus funciones y sin interrupción alguna», de las potestades del CGPJ, dado que están todas orientadas a «garantizar la total independencia del Poder Judicial» y, por tanto, «no existe habilitación constitucional alguna que permita debilitar las funciones del órgano de gobierno del Poder Judicial.

Sin embargo, de aplicarse la ley aprobada por el Gobierno y sus socios, la renovación de los miembros del CGPJ y la salida o permanencia del CGPJ en la situación de «en funciones» depende de la exclusiva voluntad del Poder Legislativo, advierten.

Es decir, «el mismo Poder Legislativo que a través de la nueva ley desfigura al CGPJ, es el único que tiene en su mano la completa renovación del Consejo y, por lo tanto, su mantenimiento o no en la posición debilitada de «en funciones».

Se trata, concluye el recurso, de un claro ataque a la independencia judicial que las propias asociaciones judiciales denuncian, según recuerda Vox, pues «la califican de ‘atrezzo’, farsa y comparsa cuyo único objetivo es paralizar los nombramientos de los jueces».