El Gobierno retomará la reforma para eliminar el término ‘disminuido’ de la Constitución

El Gobierno reactivará, cuando decaiga el Estado de Alarma, previsiblemente el próximo 9 de mayo, la reforma del artículo 49 de la Constitución Española para sustituir el término «disminuido» por el de «personas con discapacidad».

«Quiero anunciar que, una vez decaiga el Estado de Alarma, cuando constitucionalmente será viable proceder con trámites de reforma constitucional, queremos reactivar la reforma del artículo 49 de la Constitución Española para que algo que lleva demasiado tiempo detenido prosiga con rapidez», ha explicado el secretario de Estado de Derechos Sociales, Nacho Álvarez, este jueves, en declaraciones durante un taller virtual organizado por CERMI.

Álvarez espera poder «avanzar con la celeridad que este trámite constitucional requiere» y sobre el que, según ha recordado, «hay un amplísimo consenso en todos los niveles, administrativo y de todas las fuerzas políticas en el Congreso».

Se trata de una iniciativa que se llegó a acordar en el Congreso en 2018, pero su tramitación se vio paralizada por la convocatoria de elecciones de Pedro Sánchez en abril de 2019.

Esta iniciativa ya contó con el apoyo generalizado de la Comisión de Políticas para la Discapacidad de la Cámara baja. A este órgano encargó Carmen Calvo, en octubre de 2018, un texto alternativo al artículo 49 de la Carta Magna, en respuesta a la petición realizada por el Comité Estatal de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).

El objetivo de la comisión era, además de cambiar el término ‘disminuido’ por ‘personas con discapacidad’, incluir en el artículo 49 otros puntos que incidieran en los derechos de este colectivo.

Actualmente, dicho artículo establece que «los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos».

El nuevo texto propuesto quedó acordado de esta manera: «1) Las personas con discapacidad son titulares de los derechos y deberes previstos en este título en condiciones de igualdad real y efectiva, sin que pueda producirse discriminación; 2) Los poderes públicos realizarán las políticas necesarias para garantizar una vida participativa, autónoma e independiente a las personas con discapacidad; 3) Se regulará la protección reforzada de las personas con discapacidad para el pleno ejercicio de sus derechos y deberes; 4) Las personas con discapacidad gozan de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos».

Esta redacción fue aprobada por el Consejo de Ministros, en el mes de diciembre de 2018, un anteproyecto de reforma que debía ser convalidado por el Congreso.