Un juzgado de Terrassa verĂ¡ una estafa en la venta de un coche por Internet

Un juzgado de Terrassa (Barcelona) ha sido designado por el Tribunal Supremo como el competente para instruir un presunto caso de estafa con la venta de un vehĂ­culo a travĂ©s de Internet, en el que estarĂ­a involucrado un varĂ³n que consta empadronado en La Rinconada (Sevilla).

En un auto del Tribunal Supremo emitido el pasado 29 de junio, dicha instancia aborda una cuestiĂ³n de competencia negativa planteada por el Juzgado de InstrucciĂ³n nĂºmero cuatro de Terrassa, respecto al Juzgado de InstrucciĂ³n nĂºmero 15 de Sevilla, con relaciĂ³n a una denuncia de una vecina de dicha localidad barcelonesa que narra que el 15 de agosto de 2020 contactĂ³ «con un vendedor de coches por Internet en la web www.coches.net para la compra de un vehĂ­culo Kia modelo Sportage anunciado en dicha pĂ¡gina por un precio de 5.110 euros», abonando vĂ­a transferencia «5.000 euros» al mencionado vendedor pero sin recibir el coche.

Tras incoar diligencias, el Juzgado de InstrucciĂ³n nĂºmero cuatro de Terrassa decidiĂ³ inhibirse en favor de los juzgados de Sevilla, «al encontrarse determinado el lugar y la fecha en que se produjeron los hechos», toda vez que el Juzgado de InstrucciĂ³n nĂºmero 15 de Sevilla alegaba que «el lugar de comisiĂ³n del delito no es el partido Judicial de Sevilla, ya que lo que se produce en Sevilla es el agotamiento del delito al llegar la transferencia efectuada por la denunciante desde Terrassa a la cuenta corriente del presunto autor, pero el desplazamiento patrimonial, es decir la salida del dinero de la cuenta de la denunciante, se produce en Terrassa».

Tras no aceptar el Juzgado de InstrucciĂ³n nĂºmero 15 de Sevilla dicha inhibiciĂ³n, el Juzgado de InstrucciĂ³n nĂºmero cuatro de Terrassa planteĂ³ esta cuestiĂ³n de competencia negativa, exponiendo que «se ha podido averiguar la identidad del titular de la cuenta bancaria, siendo un empadronado o domiciliado en La Rinconada», municipio de la provincia de Sevilla.

Empero, el Supremo ha expuesto que «en el caso de autos, aunque el domicilio del denunciado que documentalmente obra es en la localidad de Sevilla, resulta que ello no se ha comprobado materialmente, ademĂ¡s de que la sucursal bancaria receptora del ingreso tampoco se encuentra en Sevilla, como es notorio y resulta con una simple comprobaciĂ³n, pues la entidad 1465 es ING y su oficia 0100 radica en Las Rozas, Madrid; y se desconoce desde donde se realizan las fraudulentas ofertas».

«Estamos ante la presunta comisiĂ³n de un delito de estafa, que se ha consumado en el lugar donde se ha dispuesto del dinero, en este caso Terrassa, ocasionando por ello un perjuicio para el sujeto pasivo, con lo que deberĂ¡ ser el Juzgado de dicha localidad quien ha de conocer de los hechos denunciados, al ser la localidad donde se realizaron elementos del tipo y resulta domiciliada la perjudicada», zanja el Supremo, que resuelve que el asunto debe ser tramitado por el Juzgado de InstrucciĂ³n nĂºmero cuatro de Terrassa.