La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha ratificado a través de un auto el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por lo que respecta a la declaración de nivel de alerta sanitaria 3 en el área de salud de Cáceres, y las medidas de prevención e intervención contenidas en el citado auto.
De esta forma, considera que las medidas acordadas por el Gobierno regional «están justificadas y son necesarias y proporcionadas para la consecución del fin que se pretende, esto es, la protección de la vida, la salud y la integridad física, al amparo de los artículos 15 y 43 de la Constitución Española, sin que quepa predicar una lesión de derechos fundamentales de tal entidad que pueda considerarse desproporcionada o injustificada».
En el auto se recoge que «se advierte la existencia de un riesgo importante de transmisión comunitaria y, por tanto, un riesgo para la salud», por lo que «es necesario una intervención temprana cuando elnivel de transmisión empieza a crecer a fin de evitar una situación de gravedad excepcional que afectaría tanto a la vida e integridad física de las personas como a la situación hospitalaria en la que se ven afectados no solo la atención de los enfermos con Covid-19 sino también el resto de usuarios del Sistema Nacional de Salud».
No obstante, el ministerio Fiscal ha informado que «la medida implantada en orden a la restricción de reuniones en mesas de establecimientos hosteleros y otras reuniones, podría ser de escasa relevancia», pero ese mismo argumento se puede utilizar en sentido contrario, por lo que la Sala entiende que «la restricción del derecho fundamental es mínima» y «existe por tanto un equilibrio entre las medidas que se adoptan y la razón última que las justifica que es evitar el riesgo de contagios y el avance descontrolado de la enfermedad», según recoge el auto.
Por otro lado, en un segundo auto, la Sala ha ratificado la medida sanitaria que establece la medida temporal de restricción de entrada y salida de los municipios cacereños de Aliseda, Aldeanueva de la Vera, Ceclavín, Losar de la Vera, Jaraíz de la Vera, Pinofranqueado y Torreorgaz, por lo que estas localidades quedan cerradas perimetralmente.
Asimismo, se ha refrendado la prórroga solicitada por la administración regional para mantener el cierre perimetral de Miajadas, también en la provincia de Cáceres, según informa el TSJEx.
ENDURECIMIENTO DE LAS MEDIDAS
Con la ratificación del nivel de alerta sanitaria 3 para el área de salud, que afectará a 184.000 personas de 94 municipios, incluidas las pedanías, se reduce el número de personas que se pueden reunir, tanto en el ámbito privado como público, y también de los aforos en la hostelería, eventos y el turismo.
En concreto, se limita a un máximo de cuatro personas las reuniones en espacios de uso público y privado, y el aforo quedará en un tercio en velatorios, entierros y ceremonias fúnebres, así como en lugares de culto y celebración de actos de culto religioso o ceremonias civiles.
Además, en los establecimientos de hostelería y restauración el interior estará limitado a un tercio de su capacidad, siendo el servicio en mesa y máximo de 4 personas por mesas o agrupación de mesas. En el exterior se podrán establecer el 75% de las mesas permitidas y un máximo de 6 personas por mesa o agrupación de mesas.
En discotecas y locales de ocio nocturno se procede al cierre del interior de los establecimientos y las terrazas de estos podrán continuar abiertas con las mismas limitaciones que en la hostelería.