Baleares convierte en recomendaciones las medidas que el TSJ no le autorizó

El Govern ha convertido en recomendaciones las medidas no autorizadas este pasado jueves por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) para asistir a eventos multitudinarios de carácter cultural y deportivo. De esta forma, se aconseja tener pauta completa de vacunación, PCR o prueba de antígenos negativa o haber pasado la COVID-19 en los seis meses anteriores.

Así lo ha comunicado en una rueda de prensa el portavoz del Ejecutivo autonómico y conseller de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, Iago Negueruela, tras el Consell de Govern extraordinario de este viernes.

Además, el Govern pide a los organizadores de este tipo eventos que designen a un responsable COVID, que ponga a disposición de los asistentes la información en materia de normativa y medidas de seguridad, así como que recoja los datos de contacto que voluntariamente le faciliten los asistentes para garantizar una trazabilidad adecuada de eventuales brotes.

Negueruela ha explicado que se hace esta recomendación después de que este pasado jueves el TSJIB descartase autorizar al Govern tener la posibilidad de exigir el certificado COVID en grandes eventos. «Es una decisión que acatamos, como no podría ser de otra manera», ha señalado el portavoz.

No obstante, ha recordado que desde el Govern siempre se ha defendido «la importancia» del certificado como herramienta frente a la pandemia: «Hemos pedido al Estado que se pueda regular su utilización».

Finalmente, el conseller ha destacado que durante este mes de agosto la situación en Baleares, tanto económica como sanitaria, está mejorando y se puede ser «optimistas pero sin bajar la guardia».

VISITAS A LAS RESIDENCIAS

Cabe recordar que el TSJIB sí que ha avalado el uso del certificado COVID para acceder a las residencias de mayores, algo que Negueruela ha valorado: «Somos la única comunidad que tiene autorización para usar el pasaporte COVID en un sector como son las residencias». Ha considerado que se trata de «una muy buena noticia», puesto que es «un colectivo especialmente vulnerable».

Respecto a las condiciones para las visitas y salidas de las residencias, el Govern establece que se tendrá que haber recibido la pauta completa de vacunación, acreditar haber superado la COVID-19 en los seis meses anteriores o bien presentar una prueba negativa.

En cuanto a las visitas de personas menores de 12 años, si estas no acreditan el cumplimiento de alguno de los requisitos anteriores, se recomienda que se controle especialmente el cumplimiento de las medidas de precaución y prevención del contagio.

En las salidas del centro, el residente o su tutor legal, familiar o referente del entorno afectivo que se haga cargo del cuidado de la persona firmará una declaración responsable con el compromiso de cumplir las medidas sanitarias vigentes durante todo el tiempo que dure la salida.

NORMATIVA EN CEREMONIAS Y EVENTOS

En cuanto a las ceremonias y eventos, el Consell de Govern ha aprobado la normativa que estará vigente, similar a la establecida hasta ahora pero con matices, según ha indicado Negueruela.

Podrán realizarse ceremonias y celebraciones nupciales, bautizos, comuniones y otras celebraciones, con la asistencia de un máximo de 100 personas en espacios cerrados y de 200 personas en espacios abiertos. Se permitirá que haya un máximo de ocho personas por mesa en espacios cerrados y un máximo de 12 personas por mesa en exteriores.

El consumo de bebidas y alimentos se realizará siempre en mesa y en ningún caso podrá excederse el 50% del aforo máximo del establecimiento. Las personas que utilicen la pista de baile llevarán mascarilla y respetarán la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros.

En los eventos deportivos, a partir del día 1 de septiembre podrán realizarse con hasta 3.000 personas participantes, siempre y cuando la situación sanitaria lo permita. En caso de que la previsión de participación supere las 3.000 personas, se requerirá la previa autorización de la Dirección General de Deportes.

Podrán realizarse competiciones deportivas y entrenamientos con la asistencia de un máximo de 500 personas en instalaciones cubiertas y de un máximo de 2.500 personas en instalaciones descubiertas, en ambos casos con un 50% del aforo máximo.

De nuevo, podrá superarse el número de personas permitidas hasta un máximo de 1.000 personas en instalaciones cubiertas y de un máximo de 5.000 en instalaciones descubiertas, siempre y cuando se cuente con la autorización de la Dirección General de Deportes, si bien no podrá superarse en ningún caso el 50% del aforo máximo de la instalación.

Respecto a los eventos culturales, podrán desarrollarse con la asistencia de un máximo de 500 personas en espacios cerrados y de un máximo de 2.500 personas al aire libre, en ambos casos con un 75% del aforo máximo. No obstante, podrá utilizarse el 100% del aforo del espacio si los asistentes no exceden de 300.

Se puede superar el número de personas permitidas hasta un máximo de 1.000 personas en espacios cerrados y de un máximo de 5.000 personas en espacios al aire libre, siempre que se cuente con una autorización previa de la dirección general competente.