El titular del Juzgado de Instrucción Número 4 de Madrid, Marcelino Sexmero, ha desestimado reabrir la causa contra la directora general de la Guardia Civil por el cese del coronel Diego Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de Madrid una vez que la Audiencia Nacional concluyó que estaba suficientemente motivado.
En un auto de 16 de septiembre, el magistrado ha rechazado la petición del sindicato Manos Limpias de reactivar la investigación y ha decretado «el sobreseimiento libre y el archivo de las presentes actuaciones, sin perjuicio de las acciones civiles que, en su caso, puedan corresponder al perjudicado». Ha precisado, además, que «quedan sin efecto cuantas medidas cautelares se hubieran impuesto con anterioridad».
Las diligencias de investigación tuvieron origen en la denuncia presentada por Manos Limpias el 03 de junio de 2020, pero se acordó el sobreseimiento provisional el 23 de ese mismo mes. Posteriormente, se solicitó el levantamiento del archivo por «hechos nuevos», en referencia a la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Número 8 de la Audiencia Nacional por la que se anulaba el cese de Pérez de los Cobos por ser «ilegal».
Ahora, tras conocerse la resolución de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional que revoca dicha sentencia, el juez ha acordado el archivo, tal y como ha adelantado El Periódico de España.
El magistrado ha concluido que aunque «podría considerarse» que se han producido «conductas irregulares o ilegales» por parte de la directora general de la Guardia Civil, «la realidad» es que la sentencia del pasado 15 de septiembre de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional «destaca la inexistencia de desviación de poder y que el cese del cargo estaba suficientemente motivado». En este sentido, el juez ha insistido que «no hay hecho nuevo que permita levantar el sobreseimiento provisional».
LA CONCLUSIÓN DE LA AUDIENCIA NACIONAL
La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional declaró legal la orden que adoptó el Ministerio del Interior al cesar al coronel Pérez de los Cobos del puesto de jefe de la Guardia Civil de Madrid cuando subordinados suyos investigaban bajo la dirección de una juez la posible relación de la manifestación del 8M con el inicio de contagios de coronavirus.
Los cinco magistrados de la Sección Quinta vieron justificado el argumento esgrimido por el ministro Fernando Grande-Marlaska, quien aludió a la pérdida de confianza para acometer la salida del coronel. En esta línea, los jueces estimaron que «habiendo quebrado la confianza, no tiene sentido la declaración de reincorporación al destino».
«En el presente caso», indicaron los magistrados, «no se discute la idoneidad del cesado, es decir, su capacidad profesional para ostentar dicho cargo, sino la pérdida de confianza, en la que las razones subjetivas de la autoridad que lo designó están amparadas por la decisión libre de cesarle».
Así, la Sala estimó el recuso de apelación interpuesto por la Abogacía del Estado, que alegó en representación del Ministerio del Interior que el cese de Pérez de los Cobos no supuso «desviación de poder» al deberse a una pérdida de confianza.
El cese en cuestión fue ordenado un domingo por la noche a los pocos días de declararse el estado de alarma por la COVID-19. La decisión generó críticas de los partidos de la oposición al entender que Grande-Marlaska apartaba a un oficial, con larga experiencia en la lucha antiterrorista y con un papel destacado durante el referéndum del 1-O, por no mantenerle informado de las pesquisas –luego archivadas– que afectaban al delegado del Gobierno en Madrid y al director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón.