La AN condena al expresidente de SOS a 3 años de cárcel por delitos de blanqueo

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado al expresidente de SOS, el empresario Jesús Salazar, a tres años de cárcel por delitos contra la hacienda pública y blanqueo de capitales por haber obtenido de Hacienda más de 2 millones de euros en una devolución del IVA que habría sido fraudulenta.

En la sentencia, los magistrados imponen a Salazar una pena de dos años de cárcel y multa de 3,7 millones de euros por el delito contra la hacienda pública y otro año de prisión y multa de 1,8 millones de euros por el blanqueo de capitales. Una pena significativamente menor a la reclamada por Fiscalía, que exigía ocho años de cárcel y una multa de más de 12 millones.

Además, el fallo también condena al otro acusado en este juicio, Francisco Blázquez Aroca, a cuatro años de cárcel por dos delitos contra la hacienda pública y uno de blanqueo de capitales. El tribunal absuelve a ambos acusados del delito de insolvencia punible y les aplica la atenuante de dilaciones indebidas por haber estado la causa paralizada entre junio de 2018 y julio de 2020 a la espera del juicio en la pieza principal del caso ‘SOS’.

Adicionalmente, y por la responsabilidad civil por el delito contra la hacienda pública relativo a la obtención indebida del IVA del ejercicio de 2011, ambos investigados deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la Agencia Tributaria por una cantidad que asciende a los 1,8 millones de euros.

El Ministerio Fiscal imputaba a los dos condenados delitos contra la Hacienda Pública, de blanqueo de capitales e insolvencia punible por los más de 2,5 millones que Hacienda devolvió a Ddal Inversiones en concepto de IVA por una operación inmobiliaria vinculada a dicho entramado.

VENTA DE TERRENOS EN SUECA Y PILAS

Esta causa ponía la lupa en dos transacciones inmobiliarias por las que el Grupo SOS vendió en 2006 dos terrenos –uno en Sueca (Valencia) y otro en Pilas (Sevilla)– a Ddal Inversiones, de la que primero los Salazar y después Blázquez fueron administradores únicos, por 4,1 y 14,9 millones, respectivamente, y por la que la mercantil compradora solicitó a Hacienda que le devolviera el IVA soportado: 2.514.329,21 euros.

En el fallo, la Sala explica que desde 2006 «venían consignando ‘a compensar’ las cuotas del IVA soportado en dichas adquisiciones inmobiliarias, simulando que las mismas se habían realizado conforme a lo pactado en contrato, lo que no fue así, al haberse resuelto el contrato de compraventa sobre la primera de las fincas señaladas».

Así, el tribunal señala que ambos solicitaron en enero de 2010 a la Agencia Tributaria la devolución de 2.514.329,21 euros en la declaración del impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio del 2009. Una declaración derivada de las dos operaciones, a sabiendas de que la compra de los terrenos de Pilas había resultado fallida.

Esto se deduce, fija la sentencia, de las diligencias de prueba analizadas, la declaración de los acusados, las periciales de la Agencia Tributaria y de la efectiva reclamación del IVA que decían soportado en la compraventa que no se había realizado y que era «una apariencia de realidad con la finalidad de obtener ese indebido rendimiento en la devolución tributaria que finalmente obtuvieron».

OCULTAR EL ORIGEN ILÍCITO DE LA DEVOLUCIÓN DEL IVA

Con todo, la Sala aclara que en tales consideraciones debe tenerse en cuenta que las fincas de Sueca examinadas en el juicio sí fueron efectivamente transmitidas a Ddal Inversiones y abonado el precio correspondiente a dicha compraventa. Por ello, ordena el cálculo preciso de la devolución que resulte indebida correspondiente a la finca de Pilas, excluyendo las de Sueca.

El tribunal asegura que, una vez obtenida la devolución, Salazar y Blázquez trazaron un plan para conseguir apropiarse del metálico e introducirlo en el tráfico mercantil con la finalidad de ocultar su origen ilícito. De esa forma, apunta, Blázquez realizó de forma casi inmediata las transferencias para desviar el metálico de la mercantil beneficiaria de la devolución, y permitir su disposición por parte de los implicados.

CONDENADO PREVIAMENTE

Antes de recibir esta sentencia, Jesús Salazar y su hermano Jaime consiguieron evitar el juicio por el llamado caso ‘SOS’ al llegar un acuerdo de conformidad en febrero por el cual reconocieron delitos de administración desleal y estafa, entre otros, aceptando penas de hasta un año y medio de cárcel y devolver a Deoleo entre 8 y 12 millones, para compensar los 230 millones que habrían desviado de SOS Cuétara –Jesús como presidente y Jaime, vicepresidente– hacia un entramado societario propio, según cálculos del Ministerio Público.

Esta nueva condena tiene su origen en otro juicio de la pieza separada, donde se imputaban a Jesús Salazar y Francisco Blázquez delitos contra la Hacienda Pública, de blanqueo de capitales e insolvencia punible.

Fue el pasado 14 de junio cuando se inició el juicio, que arrancó con la declaración de Salazar defendiendo su inocencia. «Me considero absolutamente inocente», sostuvo entonces, asegurando que la venta de los terrenos fue un negocio «muy rentable» para Deoleo porque eran terrenos inservibles desde el punto de vista de la industria aceitera.

No obstante, Salazar explicó entonces que esos terrenos eran interesantes desde la óptica inmobiliaria, dado que en Sueca se podían construir naves industriales y en Pilas había la expectativa de edificar viviendas, a falta de que el Ayuntamiento diera el visto bueno a la recalificación urbanística.