Melilla amplía al 75% el aforo general tras mejorar datos aunque sigue con la mayor tasa de incidencia de España

La Ciudad Autónoma de Melilla ha ampliado del 50 al 75% el aforo en interiores de instalaciones y establecimientos en general, así como en lugares de culto, e incrementa igualmente el número de comensales en los locales de hostelería, de seis a ocho en interiores y de ocho a diez en exteriores, tras mejorar sus datos de Covid, aunque aún se mantiene como la primera región de España con la mayor incidencia acumulada a 14 días por cada 100.000 habitantes, con 90 casos, frente a los 48 de la media nacional.

La Consejería de Salud Pública ha admitido que ha tomado esta decisión porque «la evolución de la epidemia es favorable, aunque la situación epidemiológica todavía dista de ser la deseable». Asimismo, ha destacado el hecho de que la cobertura vacunal con una pauta completa contra el Covid-19 en Melilla se sitúa en un 76% de la población mayor de 12 años.

En las nuevas medidas que entran en vigor este fin de semana, el área que dirige Francisca Maeso (PSOE) ha detallado que el horario de apertura y cierre de actividades no esenciales es el de las 3,00 horas, si así se lo permite su licencia de apertura. Este horario no afectará a los establecimientos que desarrollan funciones de guardia; en particular, farmacias y estaciones de servicio.

Además, ha establecido que los aforos de los interiores de instalaciones y establecimientos se fija como regla general en un 75% del permitido, «siempre que se pueda cumplir de forma estricta la distancia de metro y medio entre agrupaciones de mesas con sus sillas, banquetas o taburetes».

Asimismo, los aforos de los exteriores podrán aprovechar íntegramente, y con carácter general, la capacidad de personas permitida en la preceptiva licencia u autorización administrativa.

OFICIOS RELIGIOSOS Y FESTIVOS

Por otro lado, el aforo en los lugares de culto tampoco podrá superar el 75% por ciento para las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos en espacios cerrados y el total disponible según su capacidad en espacios abiertos, en ambos casos siempre y cuando se puedan mantener las medidas preventivas generales, como distancia de seguridad y presencia de geles hidroalcohólicos.

En cuanto a velatorios y entierros, en el interior de las instalaciones el máximo de presencia de personas no podrá superar el 75% por ciento del aforo legal de la dependencia funeraria. En los exteriores de dichas dependencias, o las que estén al descubierto, se permite el cien por cien del aforo legal.

Por lo que se refiere a celebraciones y eventos, las relativas a bodas, bautizos, comuniones o eventos similares deberán regirse por lo establecido a la hostelería, es decir, del 75% en interiores y 100% exteriores, con un máximo de ocho comensales dentro de los establecimientos y diez dentro de los mismos.

En cuanto al acto civil o religioso, también será del 75% del aforo para las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos en espacios cerrados, y el total disponible según su capacidad en espacios abiertos.

En el sector de la restauración y ocio nocturno, el consumo deberá realizarse en mesa, no estando permitido en barra. Las mesas no podrán acoger a más de ocho comensales en el interior y diez en el exterior, excepto en casos de personas convivientes, en que podrá aumentarse su número hasta la totalidad de los mismos, aunque se les podrá exigir DNI, certificado de empadronamiento o libro de familia.

Igualmente, se mantiene la prohibición del consumo de tabaco y uso de cachimbas o ‘shishas’ en los establecimientos tanto en interior como en exteriores, así como la prohibición de hacer uso de pistas de baile en todas sus modalidades y, por tanto, la permanencia en el establecimiento sola podrá desarrollarse en mesa.

Por último, para las competiciones y eventos deportivos multitudinarios, la Ciudad Autónoma de Melilla propone a los clubes un aforo máximo del 80% para eventos en recintos abiertos, y un aforo de 60% para eventos en recintos cerrados, garantizándose una distancia interpersonal de 150 centímetros. Los asistentes a los eventos serán preferentemente personas abonadas y público local.