La Fiscalía de Ceuta ha citado a declarar el 13 de diciembre como investigada por un presunto delito de prevaricación administrativa a la delegada del Gobierno en la ciudad, Salvadora Mateos, por la devolución en agosto de 55 menores marroquíes migrantes solos que habían accedido a la ciudad autónoma durante la crisis migratoria de mayo y permanecían acogidos por el Servicio de Protección a la Infancia autonómico.
El Ministerio Público también ha llamado a testificar, en su caso en calidad de testigos, al secretario general de la Delegación, Ismael Kasrou, y a la consejera de Presidencia del Ejecutivo autonómico, Mabel Deu, competente en materia de Menores.
Las diligencias incoadas son el resultado de la denuncia presentada ante la Fiscalía de Menores de Granada por ‘L’Escola A.C Asociación Internacional para el desarrollo integral de las personas’.
Una vez oídos a los tres, el Ministerio Público deberá decidir si denuncia a Mateos para abrir un procedimiento penal o archiva las diligencias.
La Secretaría de Estado de Seguridad «rogó» el 10 de agosto en un correo electrónico dirigido a Kasrou que se iniciase cuanto antes la repatriación de menores marroquíes no acompañados acogidos en Ceuta en base al Acuerdo sobre Cooperación en el Ámbito de la Prevención de la Emigración Ilegal de Menores No Acompañados, su Protección y su retorno concertado de 2007 y sin ceñirse a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Extranjería.
Dicha norma establece que la delegada es la competente en Ceuta para «llevar a cabo los trámites relativos a la repatriación de un menor extranjero no acompañado» previa solicitud de informes tanto a la entidad que tenga atribuida su guarda, custodia o tutela como al país de origen, requisitos que no se cumplieron durante las expulsiones ejecutadas entre el 13 y el 16 de agosto, cuando la Justicia ordenó su paralización.
La titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ceuta concluyó que «ni se ha incoado expediente administrativo, ni se ha dictado resolución alguna en relación a la repatriación de los menores», a pesar de que el propio pacto bilateral entre Estados estipula que las autoridades españolas debían obrar «con observancia estricta de la legislación española, las normas y principios del derecho internacional y de lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño».
«Ni se ha tramitado cumpliendo con los referidos trámites de obligado cumplimiento el procedimiento administrativo ni consta resolución expresa sobre dicha cuestión respecto a cada uno de los menores exigible en nuestra legislación», razonó la magistrada para paralizar el procedimiento.