El Tribunal Constitucional decidió que los españoles dejarán de pagar el impuesto de plusvalía tras declarar inconstitucional el método de cálculo de la base imponible del mismo. Por lo tanto, el contribuyente ya no deberá pagar al ayuntamiento su gravamen por vender, donar o heredar una vivienda.
El director comercial de La Casa Agency El Clot, Jean Paul Cherigny, destaca la importancia de conocer el fallo tribunal. Como experto en el sector de la venta de inmuebles en toda España, recuerda que el impuesto de plusvalía era asimilado por el vendedor de una vivienda. La misma obligación recae en quien hereda una propiedad. La media de pago oscilaba entre los 3 mil y 6 mil euros y, en algunos casos, el tributo llegaba a ser muy superior, según el valor catastral del inmueble.
¿Respetaba el impuesto la plusvalía real?
El total de apartados del artículo 107 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales son tres. Estos regulan el cálculo del impuesto de plusvalía y fueron declarados como inconstitucionales y nulos por el alto tribunal.
El fallo justifica al gravamen, literalmente, como un «método objetivo de determinación de la base imponible del impuesto que determina que siempre ha existido un aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento».
Esto significa que el impuesto no respetó siempre la plusvalía real obtenida al basarse en tablas preestablecidas por los municipios y unos baremos fijados por la norma. Ignoraron siempre la evolución real del valor de los terrenos sobre los que está construida la propiedad.
El fallo afectará sobre todo a los ayuntamientos
Los más de 8 mil municipios de España ingresaron 2,401 millones de euros por el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, conocido como impuesto de plusvalía municipal, según estadísticas del 2019 del Ministerio de Hacienda. Es el gravamen más importante para las arcas locales tras el impuesto sobre bienes inmuebles y representa entre un 6 % y 8 % de los ingresos tributarios totales, según datos oficiales.
Desde la publicación de la sentencia, los ayuntamientos no podrán cobrar el pago de la plusvalía hasta que Hacienda cambie la norma para reformar el impuesto. Hasta entonces, el tributo quedará anulado de facto.
Se estima que, durante al menos tres meses, contando desde la última semana de octubre, los municipios perderán los ingresos por el gravamen. Esto se traducirá en un gran golpe para los presupuestos municipales del próximo año.
Ya se habla de cómo reformar la norma del pago de plusvalía como impuesto, pero hasta entonces se puede especular de un incremento de ingresos al momento de vender un inmueble, indica La Casa Agency El Clot.