Migraciones tramita hasta 4.500 solicitudes de trabajo de jóvenes migrantes tras la reforma de Extranjería

La Secretaría de Estado de Migraciones ha tramitado, al menos, 4.500 solicitudes de trabajo de jóvenes migrantes desde que, a principios de noviembre, entrara en vigor la reforma del Reglamento de Extranjería, que facilita el acceso al empleo a este colectivo, según han confirmado fuentes del departamento.

Las mismas fuentes han explicado que se han tramitado esas miles de autorizaciones aunque los datos sobre las que han sido concedidas no están aún actualizados.

Los cálculos del Gobierno sobre esta medida es que iba a afectar a 15.000 personas, 8.000 de ellas menores migrantes no acompañados y 7.000 jóvenes de 18 a 23 años. Es decir, que en un mes han solicitado el permiso de trabajo en torno a un 30% de los afectados previstos por el Ejecutivo.

La nueva normativa ha modificado el artículo 196 del reglamento de Extranjería para simplificar el procedimiento de documentación de los migrantes cuando son menores.

Así, se ha reducido el plazo para acreditar la imposibilidad de retorno de 9 a 3 meses y, cuando se superen esos tres meses, las oficinas de extranjería documentarán de oficio a estas personas sin que este procedimiento interfiera en una posible repatriación. No obstante, si la repatriación procediera, se extinguiría la autorización concedida.

HABILITACIÓN PARA TRABAJAR DESDE LOS 16 AÑOS

También se ha incrementado la vigencia de la autorización inicial de uno a dos años y de la autorización de renovación a tres años; y se exime de la exigencia de acta notarial para la cédula de inscripción, que se ha sustituido por un informe de la entidad de protección de menores. Además, se ha consolidado que las autorizaciones de residencia habiliten para trabajar cuando el menor alcance los 16 años.

EL nuevo Reglamento crea, del mismo modo, un régimen propio para los menores no acompañados que alcanzan la mayoría de edad. Para aquellos que llegan a los 18 años documentados, se ha establecido un régimen propio sin referencias a residencia no lucrativa, lo que, según ha explicado el Gobierno, favorece la continuidad de la autorización que tenía como menor.

Además, en el caso de los menores que llegan a los 18 años sin documentar, se ha modificado el artículo 198 para establecer un nuevo sistema para documentar a los jóvenes que no lo están al llegar a la mayoría de edad.

Tanto para quienes hayan llegado a la mayoría de edad documentados como sin documentar, se tiene en cuenta los informes sobre esfuerzo de integración, continuidad de estudios o formación, apunta el texto.

Del mismo modo, para los jóvenes extutelados de entre 18 y 23 años que se encuentran indocumentados, se pone en marcha un procedimiento para que puedan acceder a la autorización prevista para los menores que llegan sin documentar a la mayoría de edad. El objetivo, es evitar que queden en irregularidad sobrevenida y se generen situaciones de exclusión social.